Madrid número 18 (BOCM-20220303-104)
Procedimiento 1467/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 53

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 3 DE MARZO DE 2022

Pág. 367

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
104

MADRID NÚMERO 18
EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 1467/2021
entre D./Dña. VICTOR MANUEL VARGAS-MACHUCA TORRES y D./Dña. MARIA
CARMEN GARCIA ROMERO, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
EL/LA JUEZ/MAGISTRADO-JUEZ QUE LO DICTA: D./Dña. ANGEL JOSE
LERA CARRASCO
Lugar: Madrid
Fecha: 15 de noviembre de 2021.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- En este Juzgado se ha recibido de MAD-VILLA DE VALLECAS-COMISARIA DE DISTRITO-ODAC por posible infracción penal cometida en la localidad de
MADRID.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Los hechos relatados podrían hacer presumir la posible comisión de un delito leve de Robo con fuerza en las cosas por lo que procede tramitar las presentes diligencias según lo establecido en los artículos 965 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, siendo competente este Juzgado para el enjuiciamiento de los hechos conforme a las
normas de la competencia objetiva, territorial y de reparto en virtud de lo establecido en el
art. 14 del citado texto legal, artículos concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial,
y normas de reparto vigentes.
Segundo.- No obstante, de lo actuado no resulta debidamente justificada la perpetración del delito leve que ha dado motivo a la formación de la causa, a la vista a de que no se
ha presentado denuncia por la propiedad no está determinada la conducta y procede acordar el Sobreseimiento Provisional a tenor del artículo 641-1º de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal.
PARTE DISPOSITIVA
Incoese juicio por delito leve, registrándose como Juicio sobre delitos leves nº 1467/2021.
Se acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones, que será definitivo una vez transcurrido el plazo de un año desde la fecha de la firmeza de esta resolución.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, y al Mº Fiscal,
Contra esta resolución cabe interponer recurso de reforma y subsidiario de apelación
dentro de los tres días siguientes a su notificación, o bien, recurso de apelación directo dentro de los cinco días siguientes a la última notificación.

El/La Juez/Magistrado-Juez El/La Letrado/a de la Administración de Justicia
Y para que sirva de notificación a D./Dña. VICTOR MANUEL VARGAS-MACHUCA TORRES expido y firmo la presente.
En Madrid, a 10 de febrero de 2022.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/2.935/22)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20220303-104

Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.