B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220228-11)
Puesto libre designación –  Orden de 17 de febrero de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo por el procedimiento de Libre Designación
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 50

tenencia, Grupo de clasificación profesional, Cuerpo, Escala y/o Especialidad y titulación
específica exigida en su caso.
2. Podrán participar en este procedimiento los funcionarios y personal estatutario
que, en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, se encuentren en servicio
activo o quieran reingresar a dicha situación, con arreglo, en este caso, a lo dispuesto en la
normativa vigente, debiendo manifestarlo expresamente en la solicitud. Podrán, asimismo,
participar el personal citado que, en la misma fecha, se encuentren en situación de servicios
especiales.
3. Los solicitantes en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por
agrupación familiar podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que desean reingresar al servicio activo.
4. Aquellos que procedan de la situación de suspenso deberán haber cumplido el período de suspensión.
5. Los requisitos y condiciones de participación expresados en el presente apartado
han de poseerse en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria y mantenerse
hasta la resolución del procedimiento.
Cuarto
Solicitudes
1. Las solicitudes se formularán telemáticamente, cumplimentando el modelo normalizado de “Solicitud de provisión de puestos de trabajo”, al que podrá accederse desde la
página web: https://tramita.comunidad.madrid, adjuntando la documentación correspondiente que hubiera de aportarse.
En el caso de ser varias las plazas solicitadas, se indicará el orden de preferencia entre
las mismas.
2. Las solicitudes deberán ir acompañadas de un curriculum vitae así como de la documentación acreditativa que se considere procedente a efectos de apreciar la idoneidad del
interesado para el desempeño del puesto.
3. Los Certificados de Registro de Personal de los interesados relativos a su situación
y destinos en la Comunidad de Madrid serán emitidos de conformidad con lo previsto en la
Resolución de 27 de octubre de 2011, de la Directora General de Presupuestos y Recursos
Humanos, por la que se dictan instrucciones para la emisión de los Certificados de Registro
de Personal en los procedimientos de provisión, por los sistemas de Concurso de Méritos y
Libre Designación, de puestos de trabajo de la Comunidad de Madrid reservados a personal
funcionario de carrera no docente, sin que deban ser solicitados ni aportados por el interesado. Para el personal que no se encuentre comprendido en el ámbito de aplicación de la citada Resolución, aportarán Certificado del órgano competente en material de personal.
4. Sin perjuicio de lo anterior, los funcionarios o personal estatutario de la Comunidad de Madrid que se encuentren prestando servicios en otra Administración Pública deberán en todo caso aportar, junto con la solicitud, certificación emitida por dicha Administración acreditativa de su situación administrativa en la fecha de entrada en vigor de la
presente convocatoria.
Quinto
1. De conformidad con lo establecido en el artículo 2, base segunda, de la Orden 923/1989, de 20 de abril, las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General Técnica de
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y se presentarán, telemáticamente en el plazo de quince días hábiles a contar desde la fecha de entrada en vigor de esta convocatoria,
en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid o en la forma establecida en el artículo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
En el supuesto de que algún solicitante presentase la solicitud de forma presencial será
requerido para que la subsane a través de su presentación electrónica, en los términos y con
los efectos establecidos en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, considerándose a todos
los efectos como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que se haya realizado
la correspondiente subsanación.

BOCM-20220228-11

Presentación y plazo