C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20220225-30)
Acreditación competencias profesionales –  Resolución conjunta de 18 de febrero de 2022, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la obtención de la acreditación para impartir el currículo de Inglés avanzado en los institutos bilingües y en los centros privados concertados autorizados para impartir el programa bilingüe en Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid
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B.O.C.M. Núm. 48

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE FEBRERO DE 2022

ción” (www.comunidad.madrid/servicios/personal-educación), siguiendo la secuencia “Otra información de interés general”, “Tramitación electrónica”.
No se admitirá ninguna solicitud ni documentación que no haya sido cumplimentada y enviada a través de la aplicación informática puesta a disposición en la ruta
especificada En caso de que la solicitud no sea presentada de forma telemática, el
solicitante figurará en la lista provisional de excluidos, por la causa “Por defecto
de forma en la presentación de la solicitud”. Si en el plazo de subsanaciones a estas listas no se realizara la correspondiente subsanación, mediante la presentación
electrónica de la solicitud, se le tendrá por desistido en su solicitud y figurará en
la lista definitiva de excluidos.
La documentación requerida deberá anexarse a la solicitud en el momento de su
presentación y envío. No será necesario aportar aquellos documentos en los que
exista la opción en el formulario de solicitud para que la Administración pueda
consultar los correspondientes datos. La administración actuante podrá consultar
o recabar dichos documentos, salvo que el interesado se opusiera a ello. En el caso
de que manifestara su oposición para la consulta y comprobación de sus datos, el
solicitante estará obligado a aportar copia de los documentos correspondientes, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
sin perjuicio de las verificaciones necesarias que podrá efectuar la administración
destinataria, en el ejercicio de sus competencias, para comprobar la exactitud de
los datos declarados.
En el portal de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid), dentro del
apartado “Administración digital: Punto de acceso general”, se puede realizar la
aportación de documentos durante la tramitación del expediente en los plazos establecidos para ello siguiendo la ruta: “Servicios de tramitación digital”. “Aportar”, “Documentos”, y se pueden comprobar los documentos que se han anexado
a la solicitud siguiendo la ruta: “Servicios de tramitación digital”, “Consultar”,
“Situación de tus expedientes”.
El solicitante deberá asegurarse que adjunta los archivos correctamente.
Asimismo, de conformidad con lo regulado en el artículo 3, punto 2, del citado
Decreto 188/2021, las notificaciones individuales se realizarán exclusivamente
por medios electrónicos, por lo que los solicitantes deberán estar dados de alta en
el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid (NOTE).
b) Candidatos de centros privados concertados: La solicitud (Anexo III) irá acompañada
del certificado que se recoge en el Anexo IV de esta convocatoria.
De conformidad con lo establecido en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, estos candidatos podrán realizar la presentación de las solicitudes a través de medios electrónicos en el portal de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid),
dentro del apartado “Administración digital: Punto de Acceso General” escribiendo
en el texto del buscador: “Acreditación Inglés Avanzado”, seleccionando la opción
relativa a centros concertados y cumplimentando los Anexos III y IV para su envío
por Registro electrónico.
Para poder presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de
uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores
incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o
cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para
cada tipo de firma.
Estos profesores podrán también obtener la solicitud imprimiendo el Anexo III de
esta Resolución entregándola, junto con el Anexo IV en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro que se citan a continuación:
— En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Consejería de Educación y Juventud, calle General Díaz Porlier, número 35, 28001 Madrid.
— En las Oficinas Generales de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, calle Gran Vía, número 3, 28013 Madrid, y plaza Chamberí,
número 8, 28010.
— En las Oficinas Auxiliares de Asistencia en Materia de Registro de las Direcciones de Área Territorial de esta Consejería:
• Madrid Capital: calle Vitruvio, número 2, 28006 Madrid.
• Madrid Norte: avenida de Valencia, s/n, 28700 San Sebastián de los Reyes.

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