B) Autoridades y Personal - UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS (BOCM-20220223-12)
Convocatoria concurso –  Resolución de 9 de febrero de 2022, del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se convoca concurso público para la contratación de personal para el proyecto Unidigital, según la Orden por la que se conceden las subvenciones previstas en el Real Decreto 641/2021, de 27 de julio
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B.O.C.M. Núm. 46

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE FEBRERO DE 2022

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mente la lista de aspirantes admitidos y excluidos, publicándose en el tablón electrónico oficial de la Universidad. Dicha resolución servirá de notificación a los interesados y frente a la
misma podrá interponerse recurso de reposición ante el Rector de la Universidad Rey Juan
Carlos en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de dicho
listado definitivo o alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados
del mismo orden en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación.
La Comisión Evaluadora valorará la documentación presentada por los aspirantes, teniendo en consideración los criterios indicados en el Anexo I de la presente convocatoria.
Esta valoración se podrá realizar mediante sesiones presenciales, a distancia y de manera
simultánea o asíncrona.
La Comisión Evaluadora, una vez valorados los currículums y demás documentación podrá convocar a los aspirantes que se determinen para la realización de una entrevista y/o prueba
práctica que versará sobre la formación necesaria y funciones a desarrollar en el puesto/s objeto de esta convocatoria, según figura en el Anexo I.
Decimocuarta
Conclusión del procedimiento
a) Concluida la fase de valoración de méritos y, en su caso, la prueba práctica o entrevista personal celebrada por la Comisión Evaluadora, se publicará el listado de
aspirantes con la puntuación obtenida, frente a la cual podrán los interesados presentar alegaciones en el plazo de diez días hábiles.
b) Tras el estudio y evaluación de las alegaciones presentadas, se elevará al Rector de
la Universidad Rey Juan la propuesta de la Comisión de Evaluación con la valoración de los méritos de los aspirantes. Dicho órgano dictará resolución definitiva
que pondrá fin a la vía administrativa y que contendrá la relación de todos los aspirantes admitidos ordenados según la puntuación final obtenida.
c) Dicha resolución pone fin a la vía administrativa y podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes contado a partir del siguiente a la publicación de dicha resolución o, alternativamente, ser impugnada directamente
mediante recurso contencioso-administrativo ante el mismo orden jurisdiccional,
en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente a la publicación de dicha
resolución, de conformidad con lo dispuesto en las normas reguladoras del procedimiento administrativo y de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
d) La Comisión Evaluadora podrá declarar desierto el concurso cuando el currículum
de las personas candidatas no se adecúe a las funciones a desarrollar dentro del
proyecto, grupo o convenio al que se adscriban y, en ningún caso, podrá proponer
un número superior de candidatos seleccionados al de plazas convocadas.
Decimoquinta
Bolsa de empleo
Los aspirantes que habiendo superado la puntuación mínima requerida para superar el
proceso selectivo no hayan sido propuestos para cubrir la plaza, quedarán disponibles, según el orden de puntuación obtenida para la cobertura de las plazas convocadas, si las personas que les preceden en dicho orden renuncian a la contratación, se ven afectadas por la
rescisión del contrato durante el período de prueba, o si se produce la extinción o suspensión de su relación laboral por cualquier otra causa conforme a derecho.
Decimosexta
1. Los candidatos propuestos dispondrán, a partir de la notificación de la Resolución
del Rector, de un plazo máximo de cinco días hábiles para aportar la siguiente documentación, necesaria para formalizar su contrato.
a) Declaración jurada de no haber sido separado de las administraciones públicas en
virtud de expediente disciplinario, y de no hallarse inhabilitado, mediante sentencia
firme, del ejercicio de la función pública. Si el aspirante no posee la nacionalidad
española, deberá presentar declaración jurada de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su estado el acceso a la función pública.

BOCM-20220223-12

Formalización del contrato