D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20220221-23)
Vías pecuarias –  Resolución 3 de febrero de 2022, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Colada del Chaparro, en el término municipal de Fuente el Saz de Jarama, para la ejecución de una cala en tubería general para adecuación de acometida en la calle Vereda del Chaparro, número 7, actuación promovida por Canal de Isabel II, S. A.
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 43

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
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RESOLUCIÓN 3 de febrero de 2022, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la
autorización de ocupación temporal de la vía pecuaria Colada del Chaparro, en
el término municipal de Fuente el Saz de Jarama, para la ejecución de una cala
en tubería general para adecuación de acometida en la calle Vereda del Chaparro, número 7, actuación promovida por Canal de Isabel II, S. A.

Examinado el expediente 826/21 de ocupación temporal de la vía pecuaria Colada del
Chaparro en el término municipal de Fuente el Saz de Jarama se desprenden los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Con referencia 10/549958.9/21 tiene entrada, en esta Área de Vías Pecuarias, solicitud
de autorización de ocupación de la vía pecuaria Colada del Chaparro, en el término municipal de Fuente El Saz de Jarama, para la ejecución de una cala en tubería general para adecuación de acometida en la calle Vereda del Chaparro, número 7, actuación promovida por
Canal de Isabel II, S. A.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La Ley 8/1998, de 17 de junio, de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias
existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación
básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias).
Segundo
Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37 y 38
de la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se someterá al trámite de información pública por tiempo de un mes.
Esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la
Comunidad de Madrid, y el Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
RESUELVE
Primero

Segundo
Una vez publicada la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, el proyecto podrá consultarse en el Portal de Transparencia de la Comunidad de
Madrid, en la ruta http://www.comunidad.madrid/transparencia

BOCM-20220221-23

Someter al trámite de información pública de un mes, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
el proyecto de ocupación del expediente 826/21, de referencia.