Bustarviejo (BOCM-20220221-66)
Organización y funcionamiento. Ordenanza licencia actos construcción y edificación
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 318
LUNES 21 DE FEBRERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 43
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación de disposiciones de igual o inferior rango
Quedan derogadas cuantas disposiciones municipales de igual o inferior rango se
opongan a lo establecido en la presente Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL
Entrada en vigor
La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación integra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en los ar-
BOCM-20220221-66
tículos 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Bustarviejo, a 8 de febrero de 2022.—El alcalde-presidente, Felipe Blasco Santos.
(03/2.676/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 318
LUNES 21 DE FEBRERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 43
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación de disposiciones de igual o inferior rango
Quedan derogadas cuantas disposiciones municipales de igual o inferior rango se
opongan a lo establecido en la presente Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL
Entrada en vigor
La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación integra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en los ar-
BOCM-20220221-66
tículos 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Bustarviejo, a 8 de febrero de 2022.—El alcalde-presidente, Felipe Blasco Santos.
(03/2.676/22)
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ISSN 1989-4791