Móstoles número 1 (BOCM-20220221-111)
Ejecución 266/2021
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 21 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 43

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
111

MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 266/2021-V de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Sonia Cruz Flores, frente a Inenge, S. L. U.,
sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado auto y decreto, cuya parte dispositiva es
la siguiente:
Parte dispositiva:
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, doña
Sonia Cruz Flores, frente a la demandada Inenge, S. L. U., parte ejecutada, por un principal
de 18.643,61 euros (12.004,74 euros de indemnización, más 3.505,96 euros de salarios de trámite, más 3.132,91 euros de cantidad (2.848,10 euros + 10 por 100 mora), más 3.169,4 euros
de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los
tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador
beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander, número 2850-0000-64-0266-21.
Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma.—El ilustrísimo señor magistrado-juez.
Parte dispositiva:

BOCM-20220221-111

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días
puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de
no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Inenge, S. L. U., en ignorado paradero,
expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a 31 de enero de 2022.—La letrada de la Administración de Justicia
(firmado).
(03/2.032/22)

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ISSN 1989-4791