D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20220218-25)
Convenio –  Convenio de colaboración de 13 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía) y la Universidad Francisco de Vitoria, para el desarrollo de la fase de Prácticum del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas durante el curso 2021/22, en centros de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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VIERNES 18 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 41

venio, en virtud del artículo segundo de la Orden 11634/2012, de 27 de noviembre, por la
que se desconcentran y delegan determinadas competencias en los titulares de diferentes
centros directivos de la Consejería. En adelante, el Encargado del Tratamiento.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal bastante para suscribir este
contrato y quedar obligadas en la representación en que respectivamente actúan. A tal fin,
EXPONEN
Que el Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento UE 2016/679 del
Parlamento Europeo y el Consejo) en adelante RGPD-UE, establece que el tratamiento de
datos personales por parte de un encargado se regirá por un contrato u otro acto jurídico. El
contenido de dicho contrato se regula en el artículo 28.3 del RGPD-UE.
ESTIPULACIONES
1. Objeto del encargo
Mediante las presentes cláusulas se habilita al Encargado del tratamiento, para tratar
por cuenta del Responsable de tratamiento, los datos de carácter personal necesarios para
desarrollar el convenio de colaboración para el desarrollo del Prácticum de los alumnos del
Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria
y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas en centros de la Comunidad
de Madrid durante el curso 2021/2022.
El tratamiento de datos personales incluirá los siguientes aspectos: recogida/registro/estructuración/modificación/conservación/extracción/consulta /interconexión/cotejo/limitación/supresión/comunicación/ y cualquier otro que requiera el objeto del convenio que
se suscribe.
2. Identificación de la información afectada
Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este encargo, el Responsable del tratamiento autoriza al Encargado del tratamiento a tratar la información necesaria, lo que incluye las siguientes categorías de datos:
— Datos identificativos (nombre y apellidos, DNI, correo electrónico, teléfono, firma/huella).
— Datos académicos y profesionales (formación, titulaciones, expediente académico).
3. Duración
El presente acuerdo entrará en vigor a la fecha de su firma y permanecerá vigente
mientras dure la prestación de servicios que motiva la formalización del presente contrato.
4. Devolución de los datos
Una vez finalice el presente acuerdo:
El Encargado devolverá al Responsable (o al encargado del tratamiento que designe el
Responsable) o, en su caso, destruirá, los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez acabada la prestación. El retorno ha de comportar el borrado total de los datos existentes en los sistemas y documentos del Encargado. No obstante,
el Encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras
puedan derivarse responsabilidades por la ejecución de la prestación.

5.1. Finalidad.
El Encargado utilizará los datos personales objeto de tratamiento solo para la finalidad
objeto de este encargo. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios.
5.2. Instrucciones del Responsable.
El Encargado tratará los datos de acuerdo con las instrucciones del Responsable.
Si el Encargado considera que alguna de las instrucciones infringe el RGPD-UE o
cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión Europea o de los
Estados miembros, el Encargado informará inmediatamente al Responsable.

BOCM-20220218-25

5. Obligaciones del Encargado