D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20220218-25)
Convenio –  Convenio de colaboración de 13 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía) y la Universidad Francisco de Vitoria, para el desarrollo de la fase de Prácticum del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas durante el curso 2021/22, en centros de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 41

VIERNES 18 DE FEBRERO DE 2022

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I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía
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CONVENIO de colaboración de 13 de diciembre de 2021, entre la Comunidad
de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía) y la
Universidad Francisco de Vitoria, para el desarrollo de la fase de Prácticum del
Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria
Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas durante el curso 2021/22, en centros de la Comunidad de Madrid.
En Madrid,
REUNIDOS

De una parte, doña María Mercedes Marín García, Directora General de Bilingüismo y
Calidad de la Enseñanza, nombrada por Decreto 153/2019, de 27 de agosto, del Consejo de
Gobierno de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía de la Comunidad de Madrid, delegada para la
firma del presente convenio, en virtud del artículo segundo de la Orden 11634/2012, de 27
de noviembre, por la que se desconcentran y delegan determinadas competencias en los titulares de diferentes centros directivos de la Consejería.
De otra parte, don Daniel Sada Castaño, en calidad de Rector Magnífico de la Universidad Francisco de Vitoria, reelegido por Acuerdo del Patronato de la Fundación Universidad
Francisco de Vitoria, de 22 de junio de 2021, en nombre y representación de la misma, en virtud de las competencias que le corresponden según el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001,
de Universidades, de 21 de diciembre, y el artículo 8 del Decreto 112/2014, de 25 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad Francisco de Vitoria.
Reconociéndose, recíprocamente, competencia y capacidad legal suficiente para obligarse a tal efecto,
EXPONEN
Primero
La Ley Orgánica 2/2006, de Educación, de 3 de mayo, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, preceptúa en el artículo 100 que para ejercer la docencia en
las diferentes enseñanzas será necesario estar en posesión de las titulaciones académicas correspondientes, tener la formación pedagógica y didáctica que el Gobierno establezca para cada
enseñanza y que esta formación se adaptará al sistema de grados y postgrados del Espacio
Europeo de Educación Superior. Asimismo, dispone que corresponde a las Administraciones
educativas establecer los convenios oportunos con las universidades para la organización de la
citada formación.

En desarrollo del artículo 100 de la citada Ley se dicta el Real Decreto 1834/2008, de 8
de noviembre, modificado por el Real Decreto 1146/2011, de 29 de julio, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la Educación Secundaria
Obligatoria, el Bachillerato, la Formación Profesional y las Enseñanzas de Régimen Especial
y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de Enseñanza Secundaria, que establece en su artículo 9, que para ejercer la docencia en estos ámbitos será necesario estar en
posesión de un título oficial de Máster que acredite la formación pedagógica y didáctica.
El establecimiento de dicho Máster ha de adecuarse a lo dispuesto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas
universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad y en la Orden Ministe-

BOCM-20220218-25

Segundo