C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220217-20)
Modelos normalizados –  Resolución de 31 de enero de 2022, de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial, por la que se aprueban los modelos de impresos para tramitación de procedimientos incluidos en el Reglamento de almacenamiento de productos químicos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 40

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE FEBRERO DE 2022

Pág. 79

6.- El titular o su representante, declara:

6.1
{Que la instalación solicitada no está afecta a una actividad sometida a la autorización prevista en el artículo 9
del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
prevención y control integrados de la contaminación.
{Que la instalación solicitada sí está afecta a una actividad sometida a la autorización prevista en el artículo 9 del
Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
prevención y control integrados de la contaminación y que está en posesión de la preceptiva autorización ambiental
integrada.

6.2
{Que la instalación solicitada no está afecta a una actividad sometida al procedimiento de Evaluación de Impacto
Ambiental previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental
{Que la instalación solicitada sí está afecta a una actividad sometida al procedimiento de Evaluación de Impacto
Ambiental previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental y que está en posesión de la
Declaración de Impacto Ambiental o del Informe de Impacto Ambiental según corresponda.

6.3
{Que la instalación solicitada no está afecta a una actividad sometida a la autorización prevista en el artículo 13.2
de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.

{Que la instalación solicitada sí está afecta a una actividad sometida a la autorización prevista en el artículo 13.2
de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera y que está en posesión de
la preceptiva autorización.
6.4
{Que la instalación solicitada no es ni establecimiento de nivel inferior, ni establecimiento de nivel superior tal y
como se define en el artículo 3 del Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas
de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas y por
tanto, está exento de las obligaciones que para el industrial recoge este Real Decreto.

{Que la instalación solicitada se incluye en el ámbito de aplicación del Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre,
por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan
sustancias peligrosas y que se ha realizado la preceptiva notificación requerida en el artículo 7 de este Real Decreto.
6.5
{Que la instalación solicitada cumple las prescripciones establecidas en las instrucciones técnicas
complementarias del Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos aprobado por Real Decreto 656/2017,
de 23 de junio.

{Que la instalación solicitada no puede ajustarse a las prescripciones establecidas en las instrucciones técnicas
complementarias del Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y está en posesión de la
correspondiente resolución de autorización de excepción de cumplimiento reglamentario, según lo establecido en la
Disposición Adicional Segunda del Real Decreto 656/2017, de 23 de junio.

6.6
{Que la instalación solicitada no incluye un almacenamiento en recipientes a presión móviles de amoniaco, tóxicos
{Que la instalación solicitada incluye un almacenamiento en recipientes a presión móviles de amoniaco, tóxicos o
corrosivos, con reducción de categoría, según la MIE APQ-5 del Reglamento de Almacenamiento de Productos
Químicos aprobado por Real Decreto 656/2017, de 23 de junio y está en posesión de la correspondiente resolución
de autorización de reducción de categoría, según lo establecido en la el artículo 7.2 de la citada MIE APQ-5.

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Modelo: 158F2

BOCM-20220217-20

o corrosivos, con reducción de categoría, según la MIE APQ-5 del Reglamento de Almacenamiento de Productos
Químicos aprobado por Real Decreto 656/2017, de 23 de junio.