C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220217-16)
Crédito presupuestario subvenciones –  Orden de 4 de noviembre de 2021, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible, tramitado de forma anticipada, para la concesión directa, durante el año 2022, de subvenciones destinadas a la adaptación de puestos de trabajo, dotación de equipos de protección personal o para eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de las personas con discapacidad en las empresas del mercado ordinario de trabajo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 40

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
ORDEN de 4 de noviembre de 2021, del Consejero de Economía, Hacienda y
Empleo, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible,
tramitado de forma anticipada, para la concesión directa, durante el año 2022,
de subvenciones destinadas a la adaptación de puestos de trabajo, dotación de
equipos de protección personal o para eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de las personas con discapacidad en las empresas del
mercado ordinario de trabajo.

El texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y
de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre,
establece como finalidad primordial de la política de empleo de las personas con discapacidad, su incorporación al mercado de trabajo. Asimismo, el artículo 2 del texto refundido
de la Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, establece que la integración laboral de las personas con discapacidad constituye uno de los
objetivos de las políticas de empleo.
Mediante Real Decreto 933/1995, de 9 de junio, sobre el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de cooperativas,
calificación y registro administrativo de Sociedades Anónimas Laborales y programas de
apoyo al empleo, se transfirió a la Comunidad de Madrid los programas de integración laboral de las personas con discapacidad. La competencia transferida respecto a las ayudas mencionadas es solamente ejecutiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 149.1.7.a de la
Constitución y en el artículo 28.1.12 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid,
siendo, por tanto, la competencia legislativa del Estado de carácter exclusivo, asumiendo la
Comunidad Autónoma competencias únicamente de ejecución de la legislación estatal.
El texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, dispone en su artículo 3.2 que corresponde a las Comunidades Autónomas en su ámbito territorial el desarrollo de la política de empleo, el fomento
del empleo y la ejecución de la legislación laboral y de los programas y medidas que les hayan sido transferidas.
Asimismo, y conforme al citado texto legal, las Comunidades Autónomas podrán definir, en el ejercicio de sus competencias, las actuaciones que consideren más oportunas en
cada uno de los Ejes de las políticas de activación para el empleo a que se refiere el artículo 10.4 del texto refundido de la Ley de Empleo, entre los que se incluye el de oportunidades de empleo, Eje 3, que comprende las actuaciones que tengan por objeto incentivar la
contratación, la creación de empleo o el mantenimiento de los puestos de trabajo, especialmente para aquellos colectivos que tienen mayor dificultad en el acceso o permanencia en
el empleo.
Mediante Orden de 5 de septiembre de 2018, de la Consejera de Economía, Empleo y
Hacienda, modificada por Orden de 24 de julio de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, se establece el procedimiento de concesión directa de subvenciones,
destinadas al fomento de la integración laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, entre las que se incluyen las subvenciones para la adaptación de
puestos de trabajo, dotación de equipos de protección personal o para eliminar barreras u
obstáculos que impidan o dificulten el trabajo de las personas con discapacidad, en las empresas del mercado ordinario de trabajo.
Corresponde a la Dirección General del Servicio Público de Empleo, de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo, el fomento y promoción de la integración laboral de trabajadores con discapacidad, a través de programas de ayudas y subvenciones a Centros Especiales de Empleo y empresas del mercado ordinario de trabajo, en virtud del Decreto 42/2021,
de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. Las delegaciones de competencias otorgadas por los titulares de las Consejerías con anterioridad a la entrada en vigor

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