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Convenio –  Convenio de 16 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid y la empresa DKV Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima Española, para la realización conjunta de la IV edición del certamen “Primera fase. Programa de producción artística Comunidad de Madrid-DKV”, correspondiente a 2021 y 2022
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 40

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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CONVENIO de 16 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid y la empresa DKV Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima Española, para la realización conjunta de la IV edición del certamen “Primera fase. Programa de producción artística Comunidad de Madrid-DKV”, correspondiente a 2021 y 2022.
En Madrid, a 16 de diciembre de 2021.
REUNIDOS

De una parte, don Gonzalo Cabrera Martín, Director General de Promoción Cultural
de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, en virtud del
nombramiento efectuado por Decreto 148/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno,
de acuerdo con el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura básica de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid, de conformidad con el Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte y con la delegación prevista en la Orden 102/2020, de 12 de febrero.
De otra parte, don Josep Santacreu Bonjoch, en nombre y representación, en su condición de Consejero Delegado, de la entidad DKV Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima Española (Sociedad Unipersonal) (en adelante “DKV”); de conformidad con la escritura de protocolización de acuerdos sociales otorgada el 23 de octubre de 2012 ante el notario
del Ilustre Colegio de Madrid, don Luis Rueda Esteban, con el número 1.868 de su protocolo; don José Margalejo Muro, de conformidad con la escritura de poder otorgada el 20 de
marzo de 2017, ante el notario del Ilustre Colegio de Catalunya, con residencia en Barcelona, don Lluís Jou i Mirabent, con el número 679 de su protocolo, y don Miguel García Lamigueiro, de conformidad con la escritura de poder otorgada el 20 de febrero de 2015, ante
el notario del Ilustre Colegio de Catalunya, con residencia en Barcelona, don Lluís Jou i Mirabent con el número 403 de su protocolo, a efectos de cumplimiento de la normativa interna

I. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.1.20 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, corresponde a esta la competencia exclusiva en materia
de fomento de la cultura, que ejerce a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en virtud del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se
modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
II. Que el artículo 5 del Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, atribuye, entre otras, a la Dirección General de Promoción Cultural, las competencias relativas a la promoción, gestión, seguimiento y coordinación de las actividades de la cultura, y
el fomento y promoción de las artes visuales, en especial, la pintura, la escultura, la fotografía, el videoarte, el arte gráfico, las instalaciones y la performance, así como las propuesta de
convenios y otras medidas de actuación coordinada relativas a los museos que puedan suscribirse con otras administraciones públicas o con otros entes de la Comunidad de Madrid.
III. Que la Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019, cuya vigencia ha sido ampliada mediante el Decreto 122/2020,
de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los Presupuestos Generales de la Comunidad de

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