Meco (BOCM-20220216-87)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 39

En ningún caso formarán parte de la lista de espera los aspirantes a los que el Tribunal
de Selección anule el examen de alguno de los ejercicios de la oposición o, en su caso, el
Alcalde anule alguna de las pruebas que forman parte del curso selectivo, por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria.
El orden de los aspirantes en la lista vendrá determinado por los criterios que a continuación se indican:
— Suma de las puntuaciones obtenidas, de mayor a menor, por aquellos aspirantes
que hayan superado los ejercicios primero y segundo de la oposición.
— Puntuación obtenida en el primer ejercicio de la oposición, de mayor a menor, y
teniendo en cuenta que a efectos de inclusión en la lista será suficiente haber obtenido la calificación mínima de 5 puntos en el primer ejercicio.
En caso de igualdad de puntuación se atenderá a los siguientes criterios:
— Mayor calificación obtenida en el segundo de la oposición, por este orden. De persistir el empate se atenderá al criterio que se indica a continuación.
— El orden alfabético a partir de la letra prevista en la Resolución de 23 de junio de 2021,
de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se
publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado.
14.2. A los efectos de la constitución de la lista de espera, el Tribunal dará traslado
al Alcalde de la relación de aspirantes que deban integrar la lista de espera ordenados según los criterios establecidos en el precedente apartado.
Los aspirantes con carácter previo a su nombramiento como funcionarios deberán
acreditar estar en posesión de los requisitos exigidos en la base segunda.
Decimoquinta. Recursos
Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, de conformidad con
lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tema n.o 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Derechos y
Deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.
Tema n.o 2. La Organización territorial del Estado en la Constitución: Las Entidades
locales. El principio de autonomía local.
Tema n.o 3. Las Cortes Generales: referencia al Defensor del Pueblo y al Tribunal de
Cuentas.
Tema n.o 4. El personal al servicio de la Administración Local: adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Provisión de puestos y situaciones administrativas.
Tema n.o 5. Funcionarios de carrera e interinos, personal eventual y personal laboral.
Tema n.o 6. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local:
Territorio y Población. Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
Tema n.o 7. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local:
Organización municipal: El Alcalde.
Tema n.o 8. Ley 7/1985, de 2 de abril. El Pleno: integración y funciones. La Junta de
Gobierno Local.

BOCM-20220216-87

PROGRAMA DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO
EN EL CUERPO DE ADMINISTRATIVOS DE ADMINISTRACIÓN GENERAL,
GRUPO C, SUBGRUPO C1, AYUNTAMIENTO DE MECO