D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20220216-44)
Convenio –  Convenio de colaboración de 18 de octubre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía) y la Universidad Autónoma de Madrid, para el desarrollo de la fase de Prácticum del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas durante el curso 2021/22 en centros de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 39

El establecimiento de dicho Máster ha de adecuarse a lo dispuesto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, de ordenación de las enseñanzas universitarias, modificado
por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio y en la Orden Ministerial ECI/3858/2007, de 27 de
diciembre, modificada por la Orden EDU/3498/2011, de 16 de diciembre, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habilitan
para el ejercicio de las profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas. Para ello se establece una fase de
prácticum obligatoria que se realizará en colaboración con las instituciones educativas establecidas mediante convenios entre las Universidades y las Administraciones Educativas.
Tercero
La Orden 1620/2021, de 8 de junio, del Consejero de Educación y Juventud (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de junio), por la que se establece el procedimiento para la realización del Prácticum del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas y de la formación equivalente durante el curso 2021-2022 en centros
de la Comunidad de Madrid.
Cuarto
Es responsabilidad de la Administración educativa que los alumnos de las Escuelas
Universitarias de Formación del Profesorado y Facultades reciban su iniciación en la práctica docente directa y en la orientación psicopedagógica, además de conocer los aspectos
pedagógicos, organizativos y de funcionamiento de los centros con el apoyo y bajo la tutela de profesores en ejercicio que reúnen las características y preparación adecuadas.
Quinto
La planificación de las prácticas es competencia de las Universidades a las que pertenecen las Escuelas y Facultades donde se cursan dichos estudios y la realización de las prácticas de iniciación docente compete a la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia
y Portavocía, en tanto que conlleva la participación de centros educativos y de profesores
que se encargan de su tutela.
Sexto
Procede, por tanto, establecer los cauces adecuados para que la colaboración entre las
universidades y los centros docentes que imparten enseñanzas anteriores a la universidad
se realice en condiciones de calidad.
En consecuencia, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio de colaboración de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto

Segunda
Obligaciones de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía
La Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía:
— Asume la obligación de hacer público el procedimiento para la selección de Centros que deseen participar en el desarrollo de la fase de Prácticum del Máster en
Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Pro-

BOCM-20220216-44

Constituye el objeto del presente Convenio el establecimiento de las bases y las condiciones que regirán la colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía) y la Universidad Autónoma de Madrid, con el
fin de facilitar a los alumnos del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de
Idiomas, la fase de Prácticum en los centros docentes de la Comunidad de Madrid en los
que se impartan dichas enseñanzas.