D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20220216-47)
Convenio – Convenio de colaboración de 16 de noviembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía) y la Universidad Complutense de Madrid, para el desarrollo de la fase de Prácticum del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas durante el curso 2021-2022 en centros de la Comunidad de Madrid
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 39
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE FEBRERO DE 2022
Pág. 179
rencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y la Ley 10/2019, de 10
de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
e) No se prevén transferencias internacionales de datos.
f) Criterios de conservación. Los datos personales mantendrán durante la vigencia
del Convenio. No obstante, serán objeto de conservación posterior en aplicación
de la legislación española sobre patrimonio histórico y documental.
g) Ejercicio de derechos. Las personas interesadas pueden ejercer sobre sus datos
personales los derechos de acceso, rectificación, supresión y limitación al tratamiento, a la oposición a su tratamiento y, en su caso, a no ser objeto de decisiones
basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, ante la UCM a
través del procedimiento electrónico habilitado al efecto y disponible en la Sede
electrónica de en el siguiente enlace:
— https://sede.ucm.es/
O bien mediante escrito dirigido a:
Vicerrectorado de Empleabilidad y Emprendimiento.
Edificio de Estudiantes la UCM.
Avda. Complutense s/n.
Ciudad Universitaria, 28040 Madrid.
e) Autoridad de protección de datos. Las personas interesadas tienen el derecho a
presentar reclamaciones ante la Agencia Española de Protección de Datos, bien a
través de su sede electrónica o en su domicilio, calle Jorge Juan, n.o 6, C. P. 28001
Madrid.
Quinta
Duración
El presente Acuerdo tiene una duración coincidente con el período de vigencia del
Convenio suscrito, sin perjuicio de las obligaciones que, conforme al clausulado del presente Acuerdo de encargo hayan de extenderse más allá de dicho período.
Sexta
El Encargado del Tratamiento se obliga a guardar la máxima reserva y secreto sobre
la información clasificada como confidencial facilitada por el Responsable del Tratamiento a efectos de dar cumplimiento al objeto del Convenio.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible
de ser revelada por escrito, de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que posibilite el estado de la técnica en el futuro, intercambiada como consecuencia de este Convenio, en especial la información y datos personales a los que el Encargado haya accedido o acceda durante su ejecución.
Las partes se comprometen a mantener el compromiso de confidencialidad respecto a
la información y material facilitado y recibido en virtud del presente Convenio durante la
vigencia del mismo, así como de forma indefinida tras su finalización, obligándose a:
a) Utilizar la información de forma reservada.
b) No divulgar ni comunicar la información facilitada o recibida, salvo resolución motivada en los términos establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y la Ley10/2019, de 10
de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
c) Impedir la copia o revelación de esa información a terceros, salvo que goce de
aprobación escrita de las partes y únicamente en los términos de tal aprobación.
d) Se restringirá el acceso a la información a sus empleados y colaboradores, salvo en
la medida en que razonablemente puedan necesitarla para el cumplimiento de sus
tareas acordadas.
e) No utilizar la información o fragmentos de esta para fines distintos de la ejecución
de este Convenio.
f) Cumplir con todos los términos fijados en el presente Acuerdo y muy especialmente aquellos relativos a las cláusulas sobre confidencialidad, manteniendo esta
confidencialidad y evitando revelar la información a toda persona que no sea empleado o subcontratado.
BOCM-20220216-47
Deber de confidencialidad
B.O.C.M. Núm. 39
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE FEBRERO DE 2022
Pág. 179
rencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y la Ley 10/2019, de 10
de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
e) No se prevén transferencias internacionales de datos.
f) Criterios de conservación. Los datos personales mantendrán durante la vigencia
del Convenio. No obstante, serán objeto de conservación posterior en aplicación
de la legislación española sobre patrimonio histórico y documental.
g) Ejercicio de derechos. Las personas interesadas pueden ejercer sobre sus datos
personales los derechos de acceso, rectificación, supresión y limitación al tratamiento, a la oposición a su tratamiento y, en su caso, a no ser objeto de decisiones
basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, ante la UCM a
través del procedimiento electrónico habilitado al efecto y disponible en la Sede
electrónica de en el siguiente enlace:
— https://sede.ucm.es/
O bien mediante escrito dirigido a:
Vicerrectorado de Empleabilidad y Emprendimiento.
Edificio de Estudiantes la UCM.
Avda. Complutense s/n.
Ciudad Universitaria, 28040 Madrid.
e) Autoridad de protección de datos. Las personas interesadas tienen el derecho a
presentar reclamaciones ante la Agencia Española de Protección de Datos, bien a
través de su sede electrónica o en su domicilio, calle Jorge Juan, n.o 6, C. P. 28001
Madrid.
Quinta
Duración
El presente Acuerdo tiene una duración coincidente con el período de vigencia del
Convenio suscrito, sin perjuicio de las obligaciones que, conforme al clausulado del presente Acuerdo de encargo hayan de extenderse más allá de dicho período.
Sexta
El Encargado del Tratamiento se obliga a guardar la máxima reserva y secreto sobre
la información clasificada como confidencial facilitada por el Responsable del Tratamiento a efectos de dar cumplimiento al objeto del Convenio.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible
de ser revelada por escrito, de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que posibilite el estado de la técnica en el futuro, intercambiada como consecuencia de este Convenio, en especial la información y datos personales a los que el Encargado haya accedido o acceda durante su ejecución.
Las partes se comprometen a mantener el compromiso de confidencialidad respecto a
la información y material facilitado y recibido en virtud del presente Convenio durante la
vigencia del mismo, así como de forma indefinida tras su finalización, obligándose a:
a) Utilizar la información de forma reservada.
b) No divulgar ni comunicar la información facilitada o recibida, salvo resolución motivada en los términos establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y la Ley10/2019, de 10
de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
c) Impedir la copia o revelación de esa información a terceros, salvo que goce de
aprobación escrita de las partes y únicamente en los términos de tal aprobación.
d) Se restringirá el acceso a la información a sus empleados y colaboradores, salvo en
la medida en que razonablemente puedan necesitarla para el cumplimiento de sus
tareas acordadas.
e) No utilizar la información o fragmentos de esta para fines distintos de la ejecución
de este Convenio.
f) Cumplir con todos los términos fijados en el presente Acuerdo y muy especialmente aquellos relativos a las cláusulas sobre confidencialidad, manteniendo esta
confidencialidad y evitando revelar la información a toda persona que no sea empleado o subcontratado.
BOCM-20220216-47
Deber de confidencialidad