Madrid número 20 (BOCM-20220215-118)
Procedimiento 1159/2018
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 38
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE FEBRERO DE 2022
Pág. 635
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
118
MADRID NÚMERO 20
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 1159/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JENNIFER MARTINEZ TOLEDANO frente a EXTEL CONTACT
CENTER SAU sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
DECRETO
En Madrid, a treinta de noviembre de dos mil veintiuno.
HECHOS
PRIMERO.- Mediante Diligencia de Ordenación de fecha 4/11/2021 se acordó requerir a las partes para que en el término de cuatro días se manifestaran sobre la continuación
del procedimiento.
SEGUNDO.- Que ha transcurrido en exceso el plazo concedido, sin que se haya dado
cumplimiento a lo que en la referida Diligencia se ordenaba.
PARTE DISPOSITIVA
Se tiene por abandonada la instancia en las presentes actuaciones, declarando la caducidad de las mismas.
Archívese el procedimiento sin más trámite.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ
Y para que sirva de notificación en legal forma a EXTEL CONTACT CENTER SAU,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
BOCM-20220215-118
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S. .Doy fe.
B.O.C.M. Núm. 38
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE FEBRERO DE 2022
Pág. 635
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
118
MADRID NÚMERO 20
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 20 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 1159/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JENNIFER MARTINEZ TOLEDANO frente a EXTEL CONTACT
CENTER SAU sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
DECRETO
En Madrid, a treinta de noviembre de dos mil veintiuno.
HECHOS
PRIMERO.- Mediante Diligencia de Ordenación de fecha 4/11/2021 se acordó requerir a las partes para que en el término de cuatro días se manifestaran sobre la continuación
del procedimiento.
SEGUNDO.- Que ha transcurrido en exceso el plazo concedido, sin que se haya dado
cumplimiento a lo que en la referida Diligencia se ordenaba.
PARTE DISPOSITIVA
Se tiene por abandonada la instancia en las presentes actuaciones, declarando la caducidad de las mismas.
Archívese el procedimiento sin más trámite.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ
Y para que sirva de notificación en legal forma a EXTEL CONTACT CENTER SAU,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
BOCM-20220215-118
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S. .Doy fe.