Villanueva de Perales (BOCM-20220211-88)
Régimen económico. Padrones fiscales
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BOCM
Pág. 246
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE FEBRERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 35
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
88
VILLANUEVA DE PERALES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20220211-88
Aprobado, por decreto de esta Alcaldía, el padrón fiscal y listas cobratorias de los vados (entrada de vehículos a través de aceras) correspondientes al ejercicio 2022, a efectos
tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos
a trámite de información pública, por medio del presente anuncio, se exponen al público en
el tablón municipal de edictos, por el plazo de un mes, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.
Contra el acto de aprobación del citado padrón y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo
de un mes, a contar desde el día siguiente a de finalización del término de exposición pública,
de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario del padrón fiscal de los vados (entrada de vehículos a
través de aceras) 2022, en:
— Localidad: Villanueva de Perales.
— Oficina de Recaudación: calle Nueva, número 2.
— Plazo de ingreso: del 1 de octubre al 30 de noviembre 2022.
— Horario: de lunes a viernes de 10:00 a 14:00 horas.
El pago podrá realizarse en la Oficina de Recaudación en el horario y plazo señalados.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento
de apremio.
En Villanueva de Perales, a 1 de febrero de 2022.—El alcalde-presidente, José María
Barrado Jiménez.
(01/2.037/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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88
VILLANUEVA DE PERALES
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20220211-88
Aprobado, por decreto de esta Alcaldía, el padrón fiscal y listas cobratorias de los vados (entrada de vehículos a través de aceras) correspondientes al ejercicio 2022, a efectos
tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de los mismos
a trámite de información pública, por medio del presente anuncio, se exponen al público en
el tablón municipal de edictos, por el plazo de un mes, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.
Contra el acto de aprobación del citado padrón y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo
de un mes, a contar desde el día siguiente a de finalización del término de exposición pública,
de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario del padrón fiscal de los vados (entrada de vehículos a
través de aceras) 2022, en:
— Localidad: Villanueva de Perales.
— Oficina de Recaudación: calle Nueva, número 2.
— Plazo de ingreso: del 1 de octubre al 30 de noviembre 2022.
— Horario: de lunes a viernes de 10:00 a 14:00 horas.
El pago podrá realizarse en la Oficina de Recaudación en el horario y plazo señalados.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento
de apremio.
En Villanueva de Perales, a 1 de febrero de 2022.—El alcalde-presidente, José María
Barrado Jiménez.
(01/2.037/22)
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