Móstoles número 1 (BOCM-20220211-106)
Ejecución 291/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 35

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE FEBRERO DE 2022

Pág. 267

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
106

MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO letrado/a de la Admón. de Justicia
del Juzgado de lo Social nº 01 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 291/2021 (ejecución) de este juzgado de lo
Social, seguido a instancia de D./Dña. JAVIER WILFREDO BASURTO PEREZ frente a
YALLEGAMOS S.L. y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL sobre Ejecución de títulos
judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. JAVIER WILFREDO BASURTO PEREZ , frente a la demandada YALLEGAMOS S.L., parte ejecutada, por un principal de 6.002,77 euros (5.457,07 euros + 10% de
interés de mora), más 900 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnacion.- mediante recurso de reposicion ante este juzgado dentro de
los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles
infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de
este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2850-0000-64-0291-21.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez
D./Dña. FRANCISCO JUAN SANCHEZ DELGADO
EL MAGISTRADO-JUEZ
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince dias
puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de
no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a YALLEGAMOS S.L. , en ignorado
paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de
Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles , a veintiuno de enero de dos mil veintidós .
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/1.415/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO