Móstoles número 2 (BOCM-20220122-17)
Ejecución 272/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 18
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 22 DE ENERO DE 2022
Pág. 63
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
17
MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 2 de Móstoles, HAGO SABER:
Que en la Ejecución 272/2021, de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D. MAURO ORTIZ MORENO frente a VAROFERLO SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto y Decreto de fecha 05/01/2022, cuyas partes dispositivas son del
tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D. MAURO ORTIZ MORENO, frente a la demandada VAROFERLO SL, parte ejecutada,
por un principal de 1.603,86 euros, más 160,39 euros y 176,42 euros de intereses y costas
calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
PARTE DISPOSTIVA
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Procédase al embargo telemático a través del Punto Neutro Judicial de los saldos en
entidades bancarias y posibles devoluciones de la Agencia Tributaria pendientes de pago a
favor de la demandada.
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en DIEZ DIAS
puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de
no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a VAROFERLO SL, en
ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a siete de enero de dos mil veintidós
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20220122-17
(03/248/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Pág. 63
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
17
MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 2 de Móstoles, HAGO SABER:
Que en la Ejecución 272/2021, de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D. MAURO ORTIZ MORENO frente a VAROFERLO SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto y Decreto de fecha 05/01/2022, cuyas partes dispositivas son del
tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D. MAURO ORTIZ MORENO, frente a la demandada VAROFERLO SL, parte ejecutada,
por un principal de 1.603,86 euros, más 160,39 euros y 176,42 euros de intereses y costas
calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
PARTE DISPOSTIVA
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Procédase al embargo telemático a través del Punto Neutro Judicial de los saldos en
entidades bancarias y posibles devoluciones de la Agencia Tributaria pendientes de pago a
favor de la demandada.
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en DIEZ DIAS
puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de
no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a VAROFERLO SL, en
ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a siete de enero de dos mil veintidós
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