C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20220121-15)
Puesto funcionario habilitación nacional –  Resolución de 12 de enero de 2022, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, sobre la clasificación de los puestos de trabajo de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, Consejería de Administración Local y Digitalización, integrantes del Servicio de Asistencia Técnica, reservados a funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE ENERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 17

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Administración Local y Digitalización
RESOLUCIÓN de 12 de enero de 2022, de la Dirección General de Reequilibrio
Territorial, sobre la clasificación de los puestos de trabajo de la Dirección General
de Reequilibrio Territorial, Consejería de Administración Local y Digitalización,
integrantes del Servicio de Asistencia Técnica, reservados a funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.

Visto que con fecha 13 de diciembre de 2021 se dicta Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica la Relación de Puestos de Trabajo y Plantilla
Presupuestaria de la Consejería de Administración Local y Digitalización.
Consta en el expediente: Informe de la Subdirección General de Estudios y Financiación de las Entidades Locales, del Ministerio de Hacienda, de 28 de julio de 2020, sobre la
modificación propuesta; memoria-propuesta de modificación de la forma de provisión de
los puestos integrantes del servicio de asistencia a municipios, de la Dirección General de
Reequilibrio Territorial, reservados a funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional; Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por
la que se modifica la Relación de Puestos de Trabajo y Plantilla Presupuestaria de la Consejería de Administración Local y Digitalización.
Visto que el artículo 16 del Real Decreto 128/2018, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, establece que las Diputaciones Provinciales, incluirán en sus relaciones de puestos de trabajo,
los reservados a funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional
necesarios para garantizar el cumplimiento de las funciones reservadas a funcionarios de
Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, en entidades locales eximidas.
Visto que el artículo 45 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula
el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter
Nacional, establece que “excepcionalmente, los puestos de trabajo reservados a funcionarios
de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional podrán cubrirse por el sistema de Libre Designación en las Entidades Locales incluidas en el apartado 6 del artículo 92
bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, entre funcionarios de la subescala y categoría correspondiente”, y que “cuando se trate de puestos de trabajo que tengan asignadas las funciones contenidas en los artículos 4 y 5 de este real decreto
será precisa la autorización expresa del órgano competente de la Administración General del
Estado en materia de Haciendas Locales para cambiar el sistema de provisión del puesto, de
concurso a Libre Designación. Esta autorización se solicitará por la Corporación Local proponente con anterioridad a la adopción de la resolución correspondiente. En el expediente se
acreditará la concurrencia de las circunstancias excepcionales que justifican la adopción de
este sistema de provisión, en relación con el contenido del puesto de trabajo correspondiente,
el carácter directivo del mismo, con arreglo a la legislación estatal del régimen local y su especial responsabilidad.
Visto que el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, le atribuye a las Comunidades
Autónomas la competencia para la clasificación de los puestos reservados a funcionarios de
Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, y, por tanto, su modificación.
Visto que en materia de funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad
de Madrid, señala en su artículo 110, que “en los términos previstos en la normativa estatal
básica le corresponden a la Comunidad de Madrid, entre otras, las competencias de ejecución en materia de creación y clasificación de puestos de trabajo reservados a dichos funcionarios de acuerdo con los criterios fijados en la normativa estatal básica”.
Considerando que, esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente de clasificación de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con
Habilitación de Carácter Nacional, de conformidad con lo establecido en el Decreto 42/2021,
de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, Decreto 88/2021, de 30 de

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