D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20220121-33)
Convenio –  Convenio de colaboración de 27 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y el Comité de Agricultura Ecológica de la Comunidad de Madrid, para la concesión directa, por razones de interés público, de una subvención destinada al fomento de la calidad, promoción y comercialización de sus productos
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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VIERNES 21 DE ENERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 17

En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase el tratamiento de
datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y
cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en
materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad que
pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el encargado del mismo, si lo hubiera.
Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar
en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.
Undécima
Naturaleza jurídica

BOCM-20220121-33

Este convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se
regula la actividad convencional en la Comunidad de Madrid. Así como por lo dispuesto en
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento, aprobado
por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación y aplicación del presente convenio serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional ContenciosoAdministrativo de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de este Orden Jurisdiccional.
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de cuanto queda convenido,
las partes firman el presente convenio electrónicamente.
Madrid, a 27 de diciembre de 2021.—Por el Comité de Agricultura Ecológica de la
Comunidad de Madrid, la Presidenta, Margarita Campos Sánchez.—Por la Comunidad de
Madrid, la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, P. D. (Orden 1/2018,
de 25 de mayo), el Secretario General Técnico, P. S. (Orden 2146/2021), el Viceconsejero
de Vivienda y Ordenación del Territorio, José María García Gómez.
(03/28/22)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791