Villamantilla (BOCM-20220121-80)
Otros anuncios. Candidatura juez de paz
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE ENERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 17

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
80

VILLAMANTILLA
OTROS ANUNCIOS

Don Juan Antonio de la Morena Doca, alcalde-presidente de este Ayuntamiento de Villamantilla, hago saber:
Está previsto que en el mes de marzo de 2022 quede vacante el cargo de juez de paz
titular de este municipio.
Corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas juez
de paz titular de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y artículos 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas y
reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito, dirigido a esta Alcaldía, y reúnan las
condiciones legales que se especifican a continuación:
— Poseer la nacionalidad española.
— Ser mayor de edad.
— Estar en pleno ejercicio de mis derechos civiles.
— Ser residente en esta localidad, sede del Juzgado de Paz, salvo autorización de la Sala
de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia (artículo 15 del Reglamento 3/1995,
de 7 de junio, de los Jueces de paz).
— No estar incurso en alguna de las causas de incapacidad previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial (artículo 389).
— No estar impedido física o psíquicamente para la función judicial.
— No estar condenado por delito doloso.
— No estar procesado o inculpado por delito doloso.
Asimismo, deberán presentar:
— Fotocopia del DNI.
— Certificado de antecedentes penales.
— Currículum personal.
Las solicitudes se presentarán en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento, o bien
mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias
municipales de la Corporación, donde podrán ser presentadas dentro del plazo establecido.
En la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento https://sede.villamantilla.org
En caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del
Poder Judicial, y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de
Paz, comunicando el acuerdo al Juzgado de primera instancia del partido.
Lo que se publica para general conocimiento.
En Villamantilla, a 10 de enero de 2022.—El alcalde-presidente, Juan Antonio de la
Morena Doca.
(03/498/22)

http://www.bocm.es

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