C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20220120-11)
Normas urbanísticas – Acuerdo de 12 de enero de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se rectifica el error material detectado en las normas complementarias y subsidiarias de planeamiento municipal de Manzanares el Real, a fin de reflejar en la documentación gráfica de las Normas Subsidiarias de 1977 la delimitación de suelo urbano aprobada en el Plan Parcial del polígono 13 “Urbanización La Ponderosa de la Sierra”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 16
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE ENERO DE 2022
Pág. 43
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
ACUERDO de 12 de enero de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se
rectifica el error material detectado en las normas complementarias y subsidiarias de planeamiento municipal de Manzanares el Real, a fin de reflejar en
la documentación gráfica de las Normas Subsidiarias de 1977 la delimitación
de suelo urbano aprobada en el Plan Parcial del polígono 13 “Urbanización
La Ponderosa de la Sierra”.
I. El presente acuerdo tiene por objeto rectificar el error material advertido en la representación del perímetro de suelo urbano de la “Urbanización La Ponderosa de la Sierra” (polígono 13) sobre el plano de clasificación del suelo de las Normas Subsidiarias vigentes, al no
corresponderse con el que figuraba en los planos del Plan Parcial de 1967, tal y como se pretendía en las Normas Subsidiarias vigentes, al considerar el polígono 13 como un sector con
ordenación aprobada que se clasifica como suelo urbano.
La corrección de error material en el ámbito del polígono 13 de Manzanares el Real,
“Urbanización La Ponderosa de la Sierra”, se encuadra en el supuesto de error en la transcripción de documentos, quedando acreditado en el expediente que la clasificación del suelo realizada por las Normas Subsidiarias del municipio no es la recogida en el Plan Parcial
de la Urbanización, dado que no se trasladan correctamente el perímetro y límites de suelo
urbano establecidos en el Plan Parcial a las Normas Subsidiarias de 1977.
El artículo 1.4.1.3 de las Normas Subsidiarias vigentes de Manzanares el Real, establece
la clasificación de suelo urbano en los terrenos para los que existía una ordenación urbanística
aprobada con anterioridad a su entrada en vigor “1.4.1.3. Suelo con ordenación aprobada: está
constituido por las superficies para las que existe una ordenación urbanística aprobada definitivamente con anterioridad a la entrada en vigor de estas Normas Subsidiarias”, y en el cuadro
de tipos del capítulo V, de las normas vigentes, se recoge el polígono 13 como un sector con
ordenación aprobada.
La rectificación del error material fue acordada por el Pleno del Ayuntamiento de
Manzanares el Real en sesión ordinaria de 7 de julio de 2021, y la propuesta, junto con su
expediente, tuvo entrada en la Dirección General de Urbanismo el 4 de noviembre de 2021.
II. Conforme a la jurisprudencia consolidada en la materia, se trata de un error de hecho
o error material que la doctrina especializada ha caracterizado como aquel que resulte ostensible, manifiesto e indiscutible, implicando, por sí solo, la evidencia del mismo, sin necesidad de
mayores razonamientos y exteriorizándose “prima facie”, por su sola contemplación. Ésta caracterización se corresponde con la rectificación de error material objeto del expediente, dado
que resulta evidente la voluntad de las Normas Subsidiarias de recoger como suelo urbano los
suelos con ordenación aprobada con anterioridad a su entrada en vigor, como así sucede con el
polígono 13 en el que se sitúa la “Urbanización La Ponderosa de la Sierra”.
III. Respecto al análisis y valoración de la rectificación propuesta, la Dirección General de Urbanismo, en sus informes técnico y jurídico, de 10 y 13 de diciembre de 2021,
respectivamente, informó favorablemente la corrección de error material de las Normas
Complementarias y Subsidiarias de planeamiento municipal de Manzanares el Real, a fin
de reflejar en la documentación gráfica de las Normas Subsidiarias de 1977 la delimitación
de suelo urbano aprobada en el Plan Parcial del polígono 13 “Urbanización La Ponderosa
de la Sierra” en 1967, considerándola adecuada y suficientemente justificada.
IV. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 23 de diciembre de 2021,
aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo de 16 de diciembre de 2021, informó favorablemente el expediente por el que se corrige un error material
en el polígono 13 de la “Urbanización La Ponderosa de la Sierra” existente en las Normas
Subsidiarias de Manzanares el Real.
V. En cuanto a la competencia, la Ley 9/2001, de 17 de julio, de Suelo de la Comunidad de Madrid, no recoge específicamente la figura jurídica de la rectificación de error material, por lo que, consecuentemente, tampoco reconoce órgano competente para la aprobación
o denegación de la corrección del error material, de hecho o aritmético. No obstante lo ante-
BOCM-20220120-11
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B.O.C.M. Núm. 16
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I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
ACUERDO de 12 de enero de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se
rectifica el error material detectado en las normas complementarias y subsidiarias de planeamiento municipal de Manzanares el Real, a fin de reflejar en
la documentación gráfica de las Normas Subsidiarias de 1977 la delimitación
de suelo urbano aprobada en el Plan Parcial del polígono 13 “Urbanización
La Ponderosa de la Sierra”.
I. El presente acuerdo tiene por objeto rectificar el error material advertido en la representación del perímetro de suelo urbano de la “Urbanización La Ponderosa de la Sierra” (polígono 13) sobre el plano de clasificación del suelo de las Normas Subsidiarias vigentes, al no
corresponderse con el que figuraba en los planos del Plan Parcial de 1967, tal y como se pretendía en las Normas Subsidiarias vigentes, al considerar el polígono 13 como un sector con
ordenación aprobada que se clasifica como suelo urbano.
La corrección de error material en el ámbito del polígono 13 de Manzanares el Real,
“Urbanización La Ponderosa de la Sierra”, se encuadra en el supuesto de error en la transcripción de documentos, quedando acreditado en el expediente que la clasificación del suelo realizada por las Normas Subsidiarias del municipio no es la recogida en el Plan Parcial
de la Urbanización, dado que no se trasladan correctamente el perímetro y límites de suelo
urbano establecidos en el Plan Parcial a las Normas Subsidiarias de 1977.
El artículo 1.4.1.3 de las Normas Subsidiarias vigentes de Manzanares el Real, establece
la clasificación de suelo urbano en los terrenos para los que existía una ordenación urbanística
aprobada con anterioridad a su entrada en vigor “1.4.1.3. Suelo con ordenación aprobada: está
constituido por las superficies para las que existe una ordenación urbanística aprobada definitivamente con anterioridad a la entrada en vigor de estas Normas Subsidiarias”, y en el cuadro
de tipos del capítulo V, de las normas vigentes, se recoge el polígono 13 como un sector con
ordenación aprobada.
La rectificación del error material fue acordada por el Pleno del Ayuntamiento de
Manzanares el Real en sesión ordinaria de 7 de julio de 2021, y la propuesta, junto con su
expediente, tuvo entrada en la Dirección General de Urbanismo el 4 de noviembre de 2021.
II. Conforme a la jurisprudencia consolidada en la materia, se trata de un error de hecho
o error material que la doctrina especializada ha caracterizado como aquel que resulte ostensible, manifiesto e indiscutible, implicando, por sí solo, la evidencia del mismo, sin necesidad de
mayores razonamientos y exteriorizándose “prima facie”, por su sola contemplación. Ésta caracterización se corresponde con la rectificación de error material objeto del expediente, dado
que resulta evidente la voluntad de las Normas Subsidiarias de recoger como suelo urbano los
suelos con ordenación aprobada con anterioridad a su entrada en vigor, como así sucede con el
polígono 13 en el que se sitúa la “Urbanización La Ponderosa de la Sierra”.
III. Respecto al análisis y valoración de la rectificación propuesta, la Dirección General de Urbanismo, en sus informes técnico y jurídico, de 10 y 13 de diciembre de 2021,
respectivamente, informó favorablemente la corrección de error material de las Normas
Complementarias y Subsidiarias de planeamiento municipal de Manzanares el Real, a fin
de reflejar en la documentación gráfica de las Normas Subsidiarias de 1977 la delimitación
de suelo urbano aprobada en el Plan Parcial del polígono 13 “Urbanización La Ponderosa
de la Sierra” en 1967, considerándola adecuada y suficientemente justificada.
IV. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 23 de diciembre de 2021,
aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo de 16 de diciembre de 2021, informó favorablemente el expediente por el que se corrige un error material
en el polígono 13 de la “Urbanización La Ponderosa de la Sierra” existente en las Normas
Subsidiarias de Manzanares el Real.
V. En cuanto a la competencia, la Ley 9/2001, de 17 de julio, de Suelo de la Comunidad de Madrid, no recoge específicamente la figura jurídica de la rectificación de error material, por lo que, consecuentemente, tampoco reconoce órgano competente para la aprobación
o denegación de la corrección del error material, de hecho o aritmético. No obstante lo ante-
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