A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20220120-1)
Estructura orgánica – Decreto 1/2022, de 19 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 16
JUEVES 20 DE ENERO DE 2022
Pág. 19
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Habilitación presupuestaria
1. Por el titular de la consejería competente en la materia se aprobarán las modificaciones presupuestarias y cuantas otras operaciones de carácter financiero y presupuestario
sean precisas para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto.
2. De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria tercera del Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura
orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, las adaptaciones que sean
necesarias acometer en las distintas estructuras orgánicas, presupuestarias y contables deberán tener lugar, como máximo, el día 1 de enero de 2022.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA
Entrada en vigor
TÍN
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 19 de enero de 2022.
El Consejero de Sanidad,
ENRIQUE RUIZ ESCUDERO
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO
BOCM-20220120-1
(03/1.122/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 16
JUEVES 20 DE ENERO DE 2022
Pág. 19
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Habilitación presupuestaria
1. Por el titular de la consejería competente en la materia se aprobarán las modificaciones presupuestarias y cuantas otras operaciones de carácter financiero y presupuestario
sean precisas para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto.
2. De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria tercera del Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura
orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, las adaptaciones que sean
necesarias acometer en las distintas estructuras orgánicas, presupuestarias y contables deberán tener lugar, como máximo, el día 1 de enero de 2022.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA
Entrada en vigor
TÍN
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 19 de enero de 2022.
El Consejero de Sanidad,
ENRIQUE RUIZ ESCUDERO
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO
BOCM-20220120-1
(03/1.122/22)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791