D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220120-21)
Convenio –  Convenio de 27 de diciembre de 2021, de subvención entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Ayuntamiento de Madrid, a través de la Agencia para el Empleo de Madrid, para la realización de nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad-colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, por importe de 14.046.432,50 euros
95 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

JUEVES 20 DE ENERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 16

petencias Digitales” y “Nuevas Políticas Públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo” recogidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
IV
A la vista de la evolución del mercado de trabajo en la Comunidad de Madrid, se ha identificado a las personas jóvenes demandantes de empleo parados sin cualificación profesional,
especialmente desempleadas de larga duración, como uno de los colectivos que presentan mayores dificultades de acceso al empleo y que precisan la atención preferente del Servicio Público de Empleo para evitar que incurran en situación o riesgo de exclusión social.
El apartado 3 del artículo 3 de la citada Orden TES/897/2021, de 19 de agosto, autoriza a las comunidades autónomas a utilizar los fondos ya distribuidos en base a los criterios
aprobados en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales de 28 de abril de 2021
para la ejecución de programas y servicios de políticas activas de empleo (Orden
TES/527/2021, de 26 de mayo), para completar adicionalmente y reforzar en su caso los fondos distribuidos en la Orden TES/897/2021, de 19 de agosto, debiendo quedar en tal caso,
identificada nítidamente la trazabilidad de los gastos.
En virtud de esta habilitación normativa y considerando la naturaleza del colectivo a
atender, caracterizado por la ausencia absoluta de una cualificación profesional, se considera necesario para aumentar la eficiencia de la actuación, complementar el itinerario de inserción con una acción de formación profesional en alternancia con el empleo, que permita al desempleado joven participante adquirir la cualificación profesional de un certificado
de profesionalidad. Esta acción del itinerario de inserción se financiará con los fondos distribuidos a la Comunidad de Madrid mediante la Orden TES/527/2021, de 26 de mayo.
V
La dimensión local de la política de empleo contribuye al objetivo de política de cohesión económica, social y territorial de la Unión Europea, cuya finalidad es reducir las diferencias entre los niveles de desarrollo de las regiones y lograr el desarrollo armonioso del
conjunto de la Unión. De mismo modo, el desarrollo de las políticas de empleo en el ámbito local, promoviendo el crecimiento equilibrado y sostenible de las diferentes regiones,
cumple con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, en particular con el
octavo y el décimo: promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible,
el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos, y reducir la desigualdad en y
entre los países.
Para conseguir estos objetivos y lograr el progreso y enriquecimiento para todos, las políticas de empleo deben tener en cuenta las necesidades de las regiones menos desarrolladas
o que presenten circunstancias demográficas, físicas, económicas o de otro tipo que requieran un mayor esfuerzo por parte de los servicios públicos de empleo para alcanzar niveles de
empleo equiparables a los del conjunto del territorio. Es por ello que la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo entiende que son las entidades locales y, de entre ellas las correspondientes a los municipios de la Comunidad de Madrid con mayor tasa de desempleo juvenil, las entidades colaboradoras más adecuadas para el desarrollo de los “Nuevos proyectos
territoriales para el reequilibrio y la equidad-colectivos vulnerables”, resultando una actuación de interés para ambas Administraciones, y más efectivo para el interés general.
De conformidad con los datos estadísticos del Servicio Público de Empleo Estatal, referidos al mes de agosto de 2021, el municipio de Madrid tiene un número de demandantes
de empleo jóvenes menores de treinta años de 43.652, de los que 19.139 carecen de cualificación profesional.
VI
La finalidad del presente convenio es canalizar e instrumentalizar la subvención que
concede la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo a favor de la Agencia para el Empleo del Ayuntamiento de Madrid, para el desarrollo de un proyecto territorial para colectivos vulnerables articulado a través de itinerarios personalizados de inserción laboral, que
incluyan entre otras acciones, la cualificación profesional de certificado de profesionalidad,
dirigido específicamente a las personas jóvenes desempleadas sin cualificación profesional
que residan en el municipio de Madrid, así como establecer las condiciones y compromisos
que asumen el concedente y el beneficiario.

BOCM-20220120-21

Pág. 176

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID