D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20220120-26)
Convenio – Adenda de 20 de diciembre de 2021, modificación y prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación para el Estudio de la Enfermedades Infecciosas para la implantación del programa “Salud entre Culturas” de acompañamiento a pacientes extranjeros aquejados de enfermedades infecciosas atendidos por la sanidad madrileña y a sus familiares en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 298
JUEVES 20 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 16
plenamente responsable ante el Responsable del Tratamiento en lo referente al cumplimiento de las obligaciones.
El Encargado del Tratamiento está obligado a informar al Responsable de cualquier
cambio en la incorporación o sustitución de otros subencargados con una antelación de 1
mes, dando así al Responsable la oportunidad de oponerse a dichos cambios.
Undécima
Responsabilidad
El Encargado será considerado responsable del tratamiento en el caso de que destine los
datos a otras finalidades, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones de este
convenio, respondiendo de las infracciones en las que hubiera incurrido personalmente.
Las partes responderán de las infracciones en las que hubiesen incurrido personalmente,
manteniendo indemne a la parte contraria frente a cualquier perjuicio que se derivase de ellas.
ANEXO III
COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD Y DEBER DE SECRETO
I. Confidencialidad
1. El firmante queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y
reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento de su función, especialmente los datos personales, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al
que esté determinado, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación. Esta
obligación subsistirá una vez finalizada la relación entre las partes.
2. Queda prohibida la salida de información propiedad del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) obtenida de sus sistemas de información o de otras fuentes, por cualquier
medio físico o telemático, salvo autorización por escrito del Responsable del Tratamiento.
3. Una vez extinguida la relación con el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS),
los datos personales pertenecientes al mismo que pueda tener bajo su control el abajo firmante, deberá destruirlos o devolverlos, por el método acordado, así como cualquier otro
soporte o documento en el que consten datos personales.
II. Políticas de seguridad
III. Propiedad intelectual
1. Queda estrictamente prohibido el uso de programas informáticos en los sistemas
de información del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) en la correspondiente licencia
y/o autorización. Los programas informáticos propiedad del Servicio Madrileño de Salud
(SERMAS) están protegidos por propiedad intelectual, y por tanto está estrictamente prohibida su reproducción, modificación, cesión o comunicación sin la debida autorización.
2. Queda estrictamente prohibido en los sistemas de información de Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) el uso, reproducción, cesión, transformación o comunicación pú-
BOCM-20220120-26
1. El abajo firmante se compromete a cumplir la política de seguridad de la información en el ámbito de la Administración Electrónica y de los sistemas de información de la
Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, establecida en la Orden 491/2013, de 27
de junio, y todas las políticas, normas y procedimientos que emanen de la citada política, así
como las que se determinen en materia de seguridad para el tratamiento de datos personales.
Para su conocimiento, se le proporcionará acceso a la normativa que le sea de aplicación.
2. El acceso lógico a los Sistemas de Información y Comunicaciones de Servicio
Madrileño de Salud (SERMAS) se hará con la autorización correspondiente, en la forma
que se indique y con las medidas de seguridad que se marquen en cada caso, no pudiendo
acceder a datos reales sin la autorización por escrito del Responsable o Encargado del Tratamiento.
3. Ante cualquier duda que pueda incidir en la seguridad de los Sistemas de Información y Comunicaciones, deberá consultar con su enlace o Responsable en Servicio Madrileño de Salud (SERMAS). La función del enlace será ofrecerle asesoramiento, atender
cualquier tipo de consulta o necesidad, transmitir instrucciones, ponerle al corriente de sus
cometidos, objetivos, entre otras.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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JUEVES 20 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 16
plenamente responsable ante el Responsable del Tratamiento en lo referente al cumplimiento de las obligaciones.
El Encargado del Tratamiento está obligado a informar al Responsable de cualquier
cambio en la incorporación o sustitución de otros subencargados con una antelación de 1
mes, dando así al Responsable la oportunidad de oponerse a dichos cambios.
Undécima
Responsabilidad
El Encargado será considerado responsable del tratamiento en el caso de que destine los
datos a otras finalidades, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones de este
convenio, respondiendo de las infracciones en las que hubiera incurrido personalmente.
Las partes responderán de las infracciones en las que hubiesen incurrido personalmente,
manteniendo indemne a la parte contraria frente a cualquier perjuicio que se derivase de ellas.
ANEXO III
COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD Y DEBER DE SECRETO
I. Confidencialidad
1. El firmante queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y
reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento de su función, especialmente los datos personales, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al
que esté determinado, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación. Esta
obligación subsistirá una vez finalizada la relación entre las partes.
2. Queda prohibida la salida de información propiedad del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) obtenida de sus sistemas de información o de otras fuentes, por cualquier
medio físico o telemático, salvo autorización por escrito del Responsable del Tratamiento.
3. Una vez extinguida la relación con el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS),
los datos personales pertenecientes al mismo que pueda tener bajo su control el abajo firmante, deberá destruirlos o devolverlos, por el método acordado, así como cualquier otro
soporte o documento en el que consten datos personales.
II. Políticas de seguridad
III. Propiedad intelectual
1. Queda estrictamente prohibido el uso de programas informáticos en los sistemas
de información del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) en la correspondiente licencia
y/o autorización. Los programas informáticos propiedad del Servicio Madrileño de Salud
(SERMAS) están protegidos por propiedad intelectual, y por tanto está estrictamente prohibida su reproducción, modificación, cesión o comunicación sin la debida autorización.
2. Queda estrictamente prohibido en los sistemas de información de Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) el uso, reproducción, cesión, transformación o comunicación pú-
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1. El abajo firmante se compromete a cumplir la política de seguridad de la información en el ámbito de la Administración Electrónica y de los sistemas de información de la
Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, establecida en la Orden 491/2013, de 27
de junio, y todas las políticas, normas y procedimientos que emanen de la citada política, así
como las que se determinen en materia de seguridad para el tratamiento de datos personales.
Para su conocimiento, se le proporcionará acceso a la normativa que le sea de aplicación.
2. El acceso lógico a los Sistemas de Información y Comunicaciones de Servicio
Madrileño de Salud (SERMAS) se hará con la autorización correspondiente, en la forma
que se indique y con las medidas de seguridad que se marquen en cada caso, no pudiendo
acceder a datos reales sin la autorización por escrito del Responsable o Encargado del Tratamiento.
3. Ante cualquier duda que pueda incidir en la seguridad de los Sistemas de Información y Comunicaciones, deberá consultar con su enlace o Responsable en Servicio Madrileño de Salud (SERMAS). La función del enlace será ofrecerle asesoramiento, atender
cualquier tipo de consulta o necesidad, transmitir instrucciones, ponerle al corriente de sus
cometidos, objetivos, entre otras.