Venturada (BOCM-20220119-47)
Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa ocupación vía pública
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 15
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE ENERO DE 2022
Pág. 357
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
47
VENTURADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20220119-47
El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de noviembre de 2021,
adoptó acuerdo de aprobación inicial de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de
la tasa por ocupación del subsuelo, suelo y vuelo de la vía pública a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros y, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
y en el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado
y, en su caso, se formulen las alegaciones que se estimen convenientes. El expediente estará a disposición de los interesados en la sede electrónica del Ayuntamiento de Venturada
https://venturada.sedipualba.es/.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará
aprobada definitivamente la modificación de la referida ordenanza, entrando en vigor a partir del día siguiente a la publicación del texto íntegro del texto de la misma en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Venturada, a 22 de noviembre de 2021.—El alcalde, Daniel Álvarez Ruiz.
(03/32.398/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 15
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MIÉRCOLES 19 DE ENERO DE 2022
Pág. 357
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
47
VENTURADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20220119-47
El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de noviembre de 2021,
adoptó acuerdo de aprobación inicial de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de
la tasa por ocupación del subsuelo, suelo y vuelo de la vía pública a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros y, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
y en el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado
y, en su caso, se formulen las alegaciones que se estimen convenientes. El expediente estará a disposición de los interesados en la sede electrónica del Ayuntamiento de Venturada
https://venturada.sedipualba.es/.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará
aprobada definitivamente la modificación de la referida ordenanza, entrando en vigor a partir del día siguiente a la publicación del texto íntegro del texto de la misma en el BOLETÍN
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Venturada, a 22 de noviembre de 2021.—El alcalde, Daniel Álvarez Ruiz.
(03/32.398/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791