Pozuelo de Alarcón (BOCM-20220119-43)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 15
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE ENERO DE 2022
Pág. 337
Las personas candidatas que, dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor,
no presentaran la documentación exigida, o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratadas, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad
en su instancia. El Servicio de Recursos Humanos elevará propuesta de exclusión que resolverá el órgano competente, previa audiencia a la persona interesada.
Octava. Contratación como personal laboral fijo
La Concejalía delegada de Recursos Humanos procederá a la formalización de contrato laboral fijo a favor de la persona aspirante propuesta previa notificación a la misma y
consiguiente publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, estando
obligada a suscribir el correspondiente contrato laboral en el plazo de treinta días naturales,
a partir del día siguiente a la recepción de la notificación, compareciendo para ello en la
Concejalía de Recursos Humanos.
Quienes sin causa justificada no suscriban el contrato laboral, no adquirirán la condición de empleada/o pública/o, perdiendo todos los derechos derivados del proceso selectivo y de la subsiguiente contratación laboral.
Novena. Lista de espera para el nombramiento de personal no permanente
Salvo manifestación expresa en contra que conste en la solicitud de participación en el
proceso selectivo, las personas aspirantes que no superen el proceso selectivo podrán acceder a la lista de espera para el nombramiento de personal no permanente para las plazas/categoría objeto de la presente convocatoria.
A la vista de las calificaciones concedidas en el proceso selectivo, la Concejalía de Recursos Humanos procederá a integrar en las correspondientes listas de espera a aquellas personas aspirantes que, no expresando su voluntad contraria a acceder a ella, hayan aprobado
alguna de las pruebas o ejercicios de la oposición.
La integración en la lista de espera correspondiente y los oportunos llamamientos se
realizarán de conformidad con la Resolución que aprueba el funcionamiento de las listas de
espera derivadas de procesos selectivos acometidos por el Ayuntamiento de Pozuelo de
Alarcón y sus Organismos Autónomos que resulte vigente en el momento en que se lleve a
término la correspondiente gestión.
Décima. Régimen de impugnaciones
La presente resolución pone fin a la vía administrativa y frente a la misma podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con los artículos 30, 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
II. Directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2.a y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
III. Todo ello, sin perjuicio de que la persona interesada ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
TEMARIO GENERAL
1. La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes
fundamentales. Su garantía y suspensión.
2. Organización territorial del Estado en la Constitución: las Entidades locales. El
principio de autonomía local. La Comunidad de Madrid. El Estatuto de Autonomía de la
Comunidad de Madrid. Organización institucional: la Asamblea de Madrid, el Presidente,
el Gobierno.
BOCM-20220119-43
ANEXO I
B.O.C.M. Núm. 15
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE ENERO DE 2022
Pág. 337
Las personas candidatas que, dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor,
no presentaran la documentación exigida, o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratadas, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad
en su instancia. El Servicio de Recursos Humanos elevará propuesta de exclusión que resolverá el órgano competente, previa audiencia a la persona interesada.
Octava. Contratación como personal laboral fijo
La Concejalía delegada de Recursos Humanos procederá a la formalización de contrato laboral fijo a favor de la persona aspirante propuesta previa notificación a la misma y
consiguiente publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, estando
obligada a suscribir el correspondiente contrato laboral en el plazo de treinta días naturales,
a partir del día siguiente a la recepción de la notificación, compareciendo para ello en la
Concejalía de Recursos Humanos.
Quienes sin causa justificada no suscriban el contrato laboral, no adquirirán la condición de empleada/o pública/o, perdiendo todos los derechos derivados del proceso selectivo y de la subsiguiente contratación laboral.
Novena. Lista de espera para el nombramiento de personal no permanente
Salvo manifestación expresa en contra que conste en la solicitud de participación en el
proceso selectivo, las personas aspirantes que no superen el proceso selectivo podrán acceder a la lista de espera para el nombramiento de personal no permanente para las plazas/categoría objeto de la presente convocatoria.
A la vista de las calificaciones concedidas en el proceso selectivo, la Concejalía de Recursos Humanos procederá a integrar en las correspondientes listas de espera a aquellas personas aspirantes que, no expresando su voluntad contraria a acceder a ella, hayan aprobado
alguna de las pruebas o ejercicios de la oposición.
La integración en la lista de espera correspondiente y los oportunos llamamientos se
realizarán de conformidad con la Resolución que aprueba el funcionamiento de las listas de
espera derivadas de procesos selectivos acometidos por el Ayuntamiento de Pozuelo de
Alarcón y sus Organismos Autónomos que resulte vigente en el momento en que se lleve a
término la correspondiente gestión.
Décima. Régimen de impugnaciones
La presente resolución pone fin a la vía administrativa y frente a la misma podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con los artículos 30, 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
II. Directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2.a y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
III. Todo ello, sin perjuicio de que la persona interesada ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
TEMARIO GENERAL
1. La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes
fundamentales. Su garantía y suspensión.
2. Organización territorial del Estado en la Constitución: las Entidades locales. El
principio de autonomía local. La Comunidad de Madrid. El Estatuto de Autonomía de la
Comunidad de Madrid. Organización institucional: la Asamblea de Madrid, el Presidente,
el Gobierno.
BOCM-20220119-43
ANEXO I