D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220118-39)
Convenio – Convenio de 23 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Asociación Auxiliares del Buen Pastor Villa Teresita, por el que se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 60.000 euros destinados a financiar el programa de emergencia crisis COVID-19, para mujeres víctimas de trata, violencia y explotación sexual, en situación de extrema vulnerabilidad, en 2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 14
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE ENERO DE 2022
Pág. 265
traciones Públicas, conforme a las instrucciones y modelos establecidos por la Dirección
General de Igualdad y contendrá:
1. Un informe final de carácter técnico en el que se expresen los objetivos y resultados alcanzados y las actividades desarrolladas, así como una evaluación global del impacto.
2. Una relación numerada de las facturas o documentos justificativos del gasto imputado a la subvención concedida, en papel y en formato digital (Excel), acompañada de los
recibos, facturas y demás documentos que acrediten los gastos y sus pagos de acuerdo con
las actividades del Convenio. Dichos documentos deberán contener una estampilla o diligencia en la que figure el nombre del proyecto y la indicación “Importe financiado por la
Comunidad de Madrid”. En el supuesto de que solo una parte del gasto se impute al proyecto, deberá constar en la diligencia la cuantía exacta o el porcentaje de financiación que
corresponda a cada financiador.
En el caso de prestaciones, además de las facturas que correspondieran, deberán tener
en poder de la entidad para, en su caso, poderlo acreditar, el recibo firmado por el beneficiario de la prestación.
3. Una relación de los beneficiarios del proyecto con indicación del tipo de prestación y cuantía, en su caso, será recibida en formato seudonimizado.
4. Los costes del personal adscrito a la ejecución del proyecto por parte de la Entidad se justificarán con la presentación de las nóminas acompañadas de la documentación
acreditativa de su pago, así como de los originales o fotocopias de los boletines de cotización a la Seguridad Social (TC1 y TC2), debidamente sellados por la oficina recaudadora.
Esta información se presentará, en formado seudonimizado, así como una certificación
del representante legal de la entidad con los documentos que, en su caso, haya generado la
realización de las actividades subvencionadas.
5. Una certificación original del representante legal de Auxiliares del Buen PastorVilla Teresita en la que se haga constar los siguientes aspectos: que las nóminas y demás
documentos justificativos corresponden a gastos efectivamente realizados por la entidad y
derivados de la finalidad para la que fue concedida la subvención; que la entidad los asume
como propios y, en su caso, que los documentos originales quedan depositados en la sede
de la entidad, a disposición de la Comunidad de Madrid para cualquier inspección.
6. Cuando las actividades hayan sido financiadas también con fondos propios u otras
subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y
aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.
Octava
Comprobación material de la subvención
De conformidad con el artículo 32.1 de la ley 38/2003, General de Subvenciones, la Dirección General llevará a cabo la comprobación de la subvención, a cuyos fines suscribirá la
correspondiente certificación de conformidad con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25.7.b) del Decreto 45/1997, de 20 de marzo, por el que se desarrolla el Régimen de Control Interno y Contable ejercido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid.
En particular, dicha certificación expresará que la documentación justificativa se ha
presentado en el tiempo y la forma previstos en el presente convenio; que los gastos efectivamente realizados se adecuan en su naturaleza a la finalidad de la subvención y que se
acredita la aplicación del total importe concedido.
Novena
Se crea una comisión mixta de coordinación y seguimiento del convenio integrada por
dos representantes de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y dos representantes de Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita.
La comisión de seguimiento será presidida por la persona titular de la Dirección General de Igualdad o persona en quien delegue y actuará como secretario/a un funcionario/a
de la citada Dirección General.
Serán funciones de la citada comisión:
a) Resolver cuantas dudas y discrepancias surjan respecto a la interpretación y aplicación del convenio.
b) El control y supervisión de las actuaciones concretas que se realicen al amparo del
mismo.
BOCM-20220118-39
Comisión de seguimiento
B.O.C.M. Núm. 14
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE ENERO DE 2022
Pág. 265
traciones Públicas, conforme a las instrucciones y modelos establecidos por la Dirección
General de Igualdad y contendrá:
1. Un informe final de carácter técnico en el que se expresen los objetivos y resultados alcanzados y las actividades desarrolladas, así como una evaluación global del impacto.
2. Una relación numerada de las facturas o documentos justificativos del gasto imputado a la subvención concedida, en papel y en formato digital (Excel), acompañada de los
recibos, facturas y demás documentos que acrediten los gastos y sus pagos de acuerdo con
las actividades del Convenio. Dichos documentos deberán contener una estampilla o diligencia en la que figure el nombre del proyecto y la indicación “Importe financiado por la
Comunidad de Madrid”. En el supuesto de que solo una parte del gasto se impute al proyecto, deberá constar en la diligencia la cuantía exacta o el porcentaje de financiación que
corresponda a cada financiador.
En el caso de prestaciones, además de las facturas que correspondieran, deberán tener
en poder de la entidad para, en su caso, poderlo acreditar, el recibo firmado por el beneficiario de la prestación.
3. Una relación de los beneficiarios del proyecto con indicación del tipo de prestación y cuantía, en su caso, será recibida en formato seudonimizado.
4. Los costes del personal adscrito a la ejecución del proyecto por parte de la Entidad se justificarán con la presentación de las nóminas acompañadas de la documentación
acreditativa de su pago, así como de los originales o fotocopias de los boletines de cotización a la Seguridad Social (TC1 y TC2), debidamente sellados por la oficina recaudadora.
Esta información se presentará, en formado seudonimizado, así como una certificación
del representante legal de la entidad con los documentos que, en su caso, haya generado la
realización de las actividades subvencionadas.
5. Una certificación original del representante legal de Auxiliares del Buen PastorVilla Teresita en la que se haga constar los siguientes aspectos: que las nóminas y demás
documentos justificativos corresponden a gastos efectivamente realizados por la entidad y
derivados de la finalidad para la que fue concedida la subvención; que la entidad los asume
como propios y, en su caso, que los documentos originales quedan depositados en la sede
de la entidad, a disposición de la Comunidad de Madrid para cualquier inspección.
6. Cuando las actividades hayan sido financiadas también con fondos propios u otras
subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y
aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.
Octava
Comprobación material de la subvención
De conformidad con el artículo 32.1 de la ley 38/2003, General de Subvenciones, la Dirección General llevará a cabo la comprobación de la subvención, a cuyos fines suscribirá la
correspondiente certificación de conformidad con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25.7.b) del Decreto 45/1997, de 20 de marzo, por el que se desarrolla el Régimen de Control Interno y Contable ejercido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid.
En particular, dicha certificación expresará que la documentación justificativa se ha
presentado en el tiempo y la forma previstos en el presente convenio; que los gastos efectivamente realizados se adecuan en su naturaleza a la finalidad de la subvención y que se
acredita la aplicación del total importe concedido.
Novena
Se crea una comisión mixta de coordinación y seguimiento del convenio integrada por
dos representantes de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y dos representantes de Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita.
La comisión de seguimiento será presidida por la persona titular de la Dirección General de Igualdad o persona en quien delegue y actuará como secretario/a un funcionario/a
de la citada Dirección General.
Serán funciones de la citada comisión:
a) Resolver cuantas dudas y discrepancias surjan respecto a la interpretación y aplicación del convenio.
b) El control y supervisión de las actuaciones concretas que se realicen al amparo del
mismo.
BOCM-20220118-39
Comisión de seguimiento