D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20220118-54)
Convenio –  Adenda de 23 de diciembre de 2021, por la que se prorroga la vigencia del convenio suscrito el 30 de abril de 2021 entre la Comunidad de Madrid, Consejería de Cultura y Turismo (actual Consejería de Cultura, Turismo y Deporte), y el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, para la potenciación de actividades coreográficas en dicho municipio
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 304

MARTES 18 DE ENERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 14

tralización cultural a través de las entidades locales se ha revelado como un instrumento óptimo para lograr dichos fines, ya que por su cercanía a los destinatarios últimos de estos bienes, los habitantes de las localidades donde se llevan a cabo, es el medio más eficaz para
facilitar el acceso de todos los ciudadanos a la cultura.
VI. Que conforme a lo señalado en la cláusula Octava el citado convenio estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2021, si bien las partes podrán, en cualquier momento antes de la finalización del plazo de vigencia y por acuerdo unánime que, en todo caso, deberá constar por escrito, prorrogar sus efectos por un período de hasta cuatro años adicionales.
Por lo tanto, en virtud de cuanto antecede y con el fin de dar continuidad a la prestación del objeto de dicho convenio, las partes firmantes de esta Adenda estiman necesario
continuar con dicha colaboración por un nuevo período de un año, de conformidad a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto de la prórroga
Las partes firmantes acuerdan la prórroga por un año del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Alcalá de Henares para la potenciación
de actividades coreográficas en dicho municipio.
Segunda
Obligaciones de las partes
Las partes intervinientes se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones
precisas dirigidas a dar continuidad al objeto de la colaboración.
Las obligaciones asumidas entre las partes firmantes se entenderán vigentes hasta la
extinción de la prórroga por el transcurso de los plazos.
Tercera
Vigencia de la Adenda

BOCM-20220118-54

Esta Adenda estará en vigor desde el 1 de enero de 2022 hasta el cumplimiento de las
obligaciones de las partes, esto es, la realización de todas las actividades previstas en el convenio suscrito el 30 de abril de 2021 y, en todo caso, hasta el 31 de diciembre de 2022.
Y para que así conste, en prueba de conformidad, ambas partes firman la presente
Adenda, por duplicado.
Madrid, a 23 de diciembre de 2021.—Por el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, María Aranguren Vergara.—Por la Consejería de Cultura y Turismo, P. D. (Orden 1389/2021,
de 16 noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de noviembre),
el Director General de Promoción Cultural, Gonzalo Cabrera Martín.
(03/35.484/21)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791