C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220117-8)
Crédito presupuestario becas –  Orden de 29 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara un gasto de tramitación anticipada por importe de 546.480 euros para financiar la concesión directa de becas, durante el año 2022, a los participantes en el itinerario específico de formación con prácticas profesionales no laborales asociadas, dirigido a personas desempleadas, cofinanciadas por el Programa Operativo Fondo Social Europeo 2014-2020 de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 13

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE ENERO DE 2022

Pág. 49

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
ORDEN de 29 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda
y Empleo, por la que se declara un gasto de tramitación anticipada por importe de 546.480 euros para financiar la concesión directa de becas, durante el
año 2022, a los participantes en el itinerario específico de formación con prácticas profesionales no laborales asociadas, dirigido a personas desempleadas,
cofinanciadas por el Programa Operativo Fondo Social Europeo 2014-2020
de la Comunidad de Madrid.

La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece en el artículo 4.5.c), que podrán concederse, de forma directa y con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
En base a la norma citada, la Orden de 3 de mayo de 2019, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se establecen las disposiciones generales reguladoras
de la concesión de subvenciones para financiar las actuaciones del itinerario específico de
formación con prácticas profesionales no laborales asociadas, dirigido a personas desempleadas, cofinanciado por el Programa Operativo Fondo Social Europeo 2014-2020 de la
Comunidad de Madrid, para la mejora de la empleabilidad, estableció el procedimiento de
concesión directa de subvenciones para el pago de las becas a los participantes en el itinerario específico.
Mediante Orden de 26 de agosto de 2020, se declaró la disponibilidad de crédito, durante los años 2020 y 2021, para financiar las becas que se pudieren reconocer a los participantes en el itinerario específico de formación con prácticas profesionales no laborales
asociadas.
La imposibilidad material de realizar la actividad prevista en el año 2020 y su desplazamiento completo al año 2021 requirió de una reasignación del importe presupuestado, y
no ejecutado, para el año 2020, al año 2021, pues la dotación para el pago de becas durante este año, resultaba insuficiente para atender el pago de las becas a reconocer la totalidad
de los alumnos participantes en el programa. Así pues, la Orden de 11 de junio de 2021, de
la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, declaró el importe de ampliación
en 324.000 euros del crédito presupuestario disponible para la concesión directa, para atender el crédito asignado para el pago de becas en el año 2021.
De otro lado, la Resolución de 10 de marzo de 2021 de la Directora General de Formación, modificando el plazo de finalización de la actividad formativa y práctica asociada
del itinerario específico, ampliándolo hasta el 31 de diciembre de 2021, hace que tanto las
concesiones, como las liquidaciones, deban extenderse más allá del plazo de 31 de diciembre al que se refiere la Orden de 11 de junio de 2021, así como la orden de 26 de agosto
de 2020. Posteriormente, debido a la situación de la pandemia de 2020 que se extendió
a 2021, vino a dificultar tanto la captación de los alumnos y la realización de su formación
y las prácticas asociadas, por lo que, a fin de favorecer el alcance de este programa al mayor número de destinatarios de la formación, mediante resolución de la Directora General
de Formación se amplió la fecha de finalización de aquellas entidades que lo solicitaron
hasta fecha 15 de febrero de 2022, siempre y cuando hubiesen comenzado antes del día 1 de
octubre de 2021.
Las fechas de realización de la actividad que actualmente se plantean ha hecho imposible el cumplimiento de la actividad en el año 2021 y, por lo tanto, el compromiso de gasto y la ejecución de los pagos correspondientes de buena parte de la actividad.
El importe que recoge la presente memoria no se suma al actualmente declarado disponible de 1.490.400 euros (ya que el crédito del que no se haya dispuesto quedará anulado a 31 de diciembre de 2021).
En todo caso, en la Orden de convocatoria de 31 de agosto de 2020 (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 217, de 7 de septiembre) y en la Orden de bases

BOCM-20220117-8

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