D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220117-18)
Convenio –  Convenio de 23 de diciembre de 2021, de subvención entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y el Ayuntamiento de Aranjuez, para la realización de nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad-colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, por importe de 1.140.210,00 euros
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 13

LUNES 17 DE ENERO DE 2022

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bles articulado a través itinerarios individualizados y personalizados de inserción, que
incluyan, entre otras acciones de políticas activas de empleo, la cualificación profesional en
un certificado de profesionalidad, de las personas jóvenes sin cualificación profesional, inscritas como demandantes de empleo con ámbito de búsqueda en la Comunidad de Madrid
y que residan en el municipio de Aranjuez.
La cualificación profesional de los jóvenes participantes se articulará a través de una
acción de formación en alternancia con el empleo, mediante la suscripción de un contrato
de formación y aprendizaje con la entidad beneficiaria de la subvención.
Segunda
1. El Ayuntamiento de Aranjuez será el beneficiario de la subvención que se articula mediante el presente convenio, según el cual las personas participantes en los itinerarios
recibirán las siguientes acciones:
a) La previa elaboración o revisión del “Diagnóstico individualizado y elaboración
del perfil” y el “Diseño del itinerario individual y personalizado de empleo (IPE)”.
b) Acciones formativas en contenidos transversales para el empleo, en al menos los
siguientes módulos formativos:
i. Trabajo en equipo y habilidades sociales (50 horas).
ii. Sensibilización medioambiental y buenas prácticas en la ocupación (50 horas).
iii. Competencias digitales básicas (20 horas)
iv. Prevención de riesgos laborales (30 horas)
c) Acción de formación profesional en alternancia con el empleo, para la ocupación,
el certificado de profesionalidad, la modalidad contractual, la duración y jornada,
recogidos en el Anexo I.
d) Acciones de “Asesoramiento y ayuda técnica adicional para la definición del
currículo y para la aplicación de técnicas para la búsqueda activa de empleo”. La
duración de estas acciones será de al menos seis horas repartidas en dos sesiones
de tres horas cada una con los siguientes contenidos:
i. Técnicas e instrumentos de búsqueda de empleo.
ii. La definición del currículo, que refleje el perfil profesional en términos de
competencias profesionales.
e) Acciones de “Información y asesoramiento sobre la contratación y las medidas de
apoyo a la activación, la contratación e inserción en la empresa “. La duración de
estas acciones será de al menos seis horas repartidas en dos sesiones de tres horas
cada una en las que se proporcione a las personas participantes información relativa al mercado laboral.
f) Acciones de “Acompañamiento personalizado en el desarrollo del itinerario” con
una doble finalidad:
i. Reforzar la motivación de los jóvenes hacia los objetivos del proyecto, a través de la programación de actividades grupales, organizadas con periodicidad
mensual dirigidas a potenciar el desarrollo personal y a promover una actitud
positiva hacia la superación de las dificultades y a la eliminación de trabas que
impidan o limiten la participación en el itinerario.
ii. Realizar el seguimiento individualizado de la evolución de la participación de
cada uno de los jóvenes en las actuaciones que integran en el itinerario, atendiendo de forma personalizada las dificultades y necesidades detectadas con
el objetivo de incrementar la eficacia de los resultados que se prevén alcanzar. Se llevarán a cabo entrevistas programadas con una periodicidad semanal. El contenido del seguimiento realizado se reflejará en una agenda de seguimiento del itinerario que comprenderá las actividades realizadas, revisión
del calendario, observaciones sobre las posibilidades de mejora de competencias y cualificación profesional del usuario, así como las actuaciones de búsqueda activa de empleo que, de acuerdo con su perfil, el usuario quedará obligado a realizar. En su caso, comprenderá el apoyo al mantenimiento en el
puesto de trabajo, siempre que se hubiera producido la inserción de la persona desempleada dentro del período subvencionable.

BOCM-20220117-18

Actividades subvencionables