Canencia (BOCM-20220114-56)
Régimen económico. Calendario fiscal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 11

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE ENERO DE 2022

Pág. 239

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56

CANENCIA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Por decreto de Alcaldía 1/2022, de 4 de enero, este Ayuntamiento ha aprobado el siguiente calendario fiscal, correspondiente al ejercicio 2022:
Para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria, y 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por
el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se ha aprobado el calendario fiscal de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva del Ayuntamiento de
Canencia para el ejercicio 2022, así como para cumplir con la exposición pública de los padrones y los anuncios de cobranza, en los siguientes términos:
NO DOMICILIADOS

DOMICILIADOS

Impuesto de vehículos de tracción mecánica 2022

TRIBUTO/TASA

26/04/2022 a 26/07/2022

27/06/2022

Tasa por entrada de vehículos 2022

26/04/2022 a 26/07/2022

27/06/2022

Impuesto de I.B.I Urbana 2022

01/08/2022 a 02/11/2022

03/10/2022

Impuesto de I.B.I Rústica 2022

01/08/2022 a 02/11/2022

03/10/2022

Impuesto sobre Actividades Económicas 2022

30/09/2022 a 30/11/2022

26/10/2022
05/04/2022**

S.E.P 2021 (Bonificación del 5%)*

-

05/06/2022
05/08/2022
05/10/2022

Los obligados tributarios podrán examinar los contenidos en los padrones por el plazo
establecido de quince días hábiles y podrán presentar, si procede, el correspondiente recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del
término de exposición pública.
En cualquier caso, el Ayuntamiento garantizará la confidencialidad de los datos de carácter personal, protegidos por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección
de Datos de Carácter Personal, así como el carácter reservado de los datos con trascendencia tributaria establecido en el artículo 95 de la Ley General Tributaria.
Se establecen las siguientes normas para hacer efectivo el pago:
a) Medios de pago:
— Domiciliación bancaria: las órdenes de domiciliación deberán comunicarse con
una antelación de al menos dos meses antes del comienzo del período de cobro.
— Documento recibo provisto del código de barras.
b) Lugares, días y horas de ingreso:
— Cualquier oficina de “CaixaBank”, entidad colaboradora.
Se advierte de que, transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el
procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Este anuncio tiene carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto
en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
En Canencia, a 4 de enero de 2022.—La alcaldesa, Mercedes López Moreno.
(01/160/22)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20220114-56

(*) El plazo para solicitar el SISTEMA ESPECIAL DE PAGO finalizará del 31 de enero de 2022. Para
acogerse a dicho sistema, es imprescindible que el recibo esté domiciliado.
(**) Las fracciones serán cargadas los días cinco de cada mes, o inmediato hábil posterior.