Madrid número 24 (BOCM-20220112-75)
Ejecución 311/2021
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 9

MIÉRCOLES 12 DE ENERO DE 2022

Pág. 177

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
75

MADRID NÚMERO 24
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Margarita Martínez González, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado
de lo social número 24 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 311/2021, de este Juzgado de lo Social,
seguido a instancias de doña Irina Magali Tamaracca Ruiz, frente a F19 Hurtado, sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
Parte dispositiva:

BOCM-20220112-75

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
doña Irina Magali Tamaracca Ruiz, frente a la demandada F19 Hurtado, parte ejecutada,
por un principal de 15.306,39 euros, de los cuales corresponden 2.585,75 euros a indemnización, 9.616,50 euros a salarios de tramitación y 3.104,14 euros a cantidad, más 612,25
y 1.530,63 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su
posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación.—Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de
los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles
infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta
de este Juzgado abierta en la entidad Banco de Santander, 2522-000064-0311-21.
Así, por éste su auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. magistrado-juez, don Jacob Jiménez Gentil.
Y para que sirva de notificación en legal forma a F19 Hurtado, en ignorado paradero,
expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia
de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento
o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 22 de diciembre de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia
(firmado).
(03/35.102/21)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791