Móstoles número 2 (BOCM-20220112-83)
Ejecución 197/2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE ENERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 9

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
83

MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 2 de Móstoles, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 197/2021 (Ejecución) de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de D./Dña. DANIEL GOMEZ DE LAS HERAS RODRIGUEZ frente a UNIVICONST CONSTRUCCIONES Y REFORMAS S.L.U sobre Ejecución de títulos judiciales
se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
Despachar orden general de ejecución de sentencia y auto de extinción de la relación
laboral a favor de la parte ejecutante, D./Dña. DANIEL GOMEZ DE LAS HERAS RODRIGUEZ, frente a la demandada UNIVICONST CONSTRUCCIONES Y REFORMAS
S.L.U, parte ejecutada, por un principal de 33.123,55 EUROS, más 248,77 EUROS de intereses de mora y 3.337,00 EUROS de intereses y costas calculados provisionalmente, sin
perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar
las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en
los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de
este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2851-0000-64-0197-21.
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:

Proceder a la INVESTIGACIÓN JUDICIAL del patrimonio del ejecutado. A tal efecto, se consultarán las bases de datos a las que tenga acceso este órgano judicial y se librarán
los despachos pertinentes a los organismos y registros públicos a fin de que faciliten la relación de todos los bienes o derechos del deudor de los que tengan constancia, tras la realización por éstos, si fuere preciso, de las averiguaciones legalmente posibles. Se recabará

BOCM-20220112-83

- REQUERIR a UNIVICONST CONSTRUCCIONES Y REFORMAS S.L.U, a fin de
que en el plazo de cinco días manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes
para cubrir la cuantía de la ejecución que asciende a 33.123,55 EUROS, en concepto de
principal y de 3.585,77 EUROS, en concepto provisional de intereses de demora y costas.
Deberá manifestar dicha relación con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades. Deberá, asimismo, indicar las personas que ostenten derechos de cualquier naturaleza sobre sus bienes y, de estar sujetos a otro proceso, concretar los extremos de éste que
puedan interesar a la ejecución. Esta obligación incumbirá, cuando se trate de personas jurídicas, a sus administradores o a las personas que legalmente las representen y cuando se
trate de comunidades de bienes o grupos sin personalidad, a quienes aparezcan como sus
organizadores, directores o gestores. En el caso de que los bienes estuvieran gravados con
cargas reales, deberá manifestar el importe del crédito garantizado y, en su caso, la parte
pendiente de pago en esa fecha. En el caso de bienes inmuebles, deberá indicar si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes
propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.