Madrid (BOCM-20220111-58)
Secretaría de Gobierno. Nombramiento juez de paz de Puebla de la Sierra
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 8
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE ENERO DE 2022
Pág. 319
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
58
MADRID
SECRETARÍA DE GOBIERNO
EDICTO
CERTIFICACIÓN DE ACUERDO DE LA SALA DE GOBIERNO
DON SEBASTIÁN LASTRA LIENDO, SECRETARIO DE GOBIERNO del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con sede en Madrid.
CERTIFICO: Que la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid
en sesión celebrada el 13 de diciembre de 2021 ha adoptado el siguiente acuerdo:
PUEBLA DE LA SIERRA.- Nombramiento de Juez de Paz sustituto.
3. TRES. PUEBLA DE LA SIERRA.- NOMBRAMIENTO DE JUEZ DE PAZ SUSTITUTO.
Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Puebla de la Sierra,
realizada en comunicación del resultado del pleno de 6 de noviembre de este año, en la que
se propone como candidato para el cargo de Juez de Paz sustituto a D. Alfonso Eugenio
Sánchez Rodrigo.
Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el
Reglamento de los Jueces de Paz relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.
LA SALA DE GOBIERNO POR UNANIMIDAD ACUERDA: Asumir la propuesta,
realizada en comunicación del resultado del pleno de 6 de noviembre del 2021 del Ayuntamiento de Puebla de la Sierra y nombrar juez de paz sustituto del Juzgado de Paz de la localidad a D. Alfonso Eugenio Sánchez Rodrigo.
Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al
Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de Torrelaguna, Partido Judicial al que
pertenece, al Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Puebla de la Sierra, al Juzgado de Paz
de la misma localidad y al Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, para su publicación.
Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio, de
los Órganos de Gobierno de Tribunales, contra los actos de las Salas de Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los plazos, formas y
por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, disponiendo el artículo 122.1 de la citada
Ley 39/2015, que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el
acto fuera expreso.
Y para que conste extiendo la presente en Madrid a día 21 de Diciembre del 2021.
EL SECRETARIO DE GOBIERNO
Fdo.: Sebastián Lastra Liendo
(03/34.887/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20220111-58
Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que establece la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
B.O.C.M. Núm. 8
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MARTES 11 DE ENERO DE 2022
Pág. 319
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
58
MADRID
SECRETARÍA DE GOBIERNO
EDICTO
CERTIFICACIÓN DE ACUERDO DE LA SALA DE GOBIERNO
DON SEBASTIÁN LASTRA LIENDO, SECRETARIO DE GOBIERNO del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con sede en Madrid.
CERTIFICO: Que la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid
en sesión celebrada el 13 de diciembre de 2021 ha adoptado el siguiente acuerdo:
PUEBLA DE LA SIERRA.- Nombramiento de Juez de Paz sustituto.
3. TRES. PUEBLA DE LA SIERRA.- NOMBRAMIENTO DE JUEZ DE PAZ SUSTITUTO.
Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Puebla de la Sierra,
realizada en comunicación del resultado del pleno de 6 de noviembre de este año, en la que
se propone como candidato para el cargo de Juez de Paz sustituto a D. Alfonso Eugenio
Sánchez Rodrigo.
Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el
Reglamento de los Jueces de Paz relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.
LA SALA DE GOBIERNO POR UNANIMIDAD ACUERDA: Asumir la propuesta,
realizada en comunicación del resultado del pleno de 6 de noviembre del 2021 del Ayuntamiento de Puebla de la Sierra y nombrar juez de paz sustituto del Juzgado de Paz de la localidad a D. Alfonso Eugenio Sánchez Rodrigo.
Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al
Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de Torrelaguna, Partido Judicial al que
pertenece, al Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Puebla de la Sierra, al Juzgado de Paz
de la misma localidad y al Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, para su publicación.
Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio, de
los Órganos de Gobierno de Tribunales, contra los actos de las Salas de Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los plazos, formas y
por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, disponiendo el artículo 122.1 de la citada
Ley 39/2015, que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el
acto fuera expreso.
Y para que conste extiendo la presente en Madrid a día 21 de Diciembre del 2021.
EL SECRETARIO DE GOBIERNO
Fdo.: Sebastián Lastra Liendo
(03/34.887/21)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20220111-58
Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que establece la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.