C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20220111-11)
Habilitación lingüística – Resolución conjunta de 22 de diciembre de 2021, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la obtención de la habilitación lingüística en lenguas extranjeras, para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 8
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE ENERO DE 2022
Pág. 207
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía
11
RESOLUCIÓN conjunta de 22 de diciembre de 2021, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la obtención de la habilitación lingüística en lenguas
extranjeras, para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20220111-11
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 2 que
uno de los fines del sistema educativo español es la capacitación para la comunicación en
la lengua oficial y cooficial, si la hubiere, y en una o más lenguas extranjeras.
Con el fin de llevar a cabo la implantación progresiva de la enseñanza bilingüe en los
centros docentes de la Comunidad de Madrid, desde el año 2004, la Consejería con competencias en materia de Educación ha ido seleccionando diversos centros públicos de Educación Infantil y Primaria y de Educación Secundaria, donde se imparte la enseñanza bilingüe
en idioma inglés. A estos hay que añadir el Programa de Secciones lingüísticas en Francés y
Alemán que se imparten en diferentes Institutos de Educación Secundaria.
Asimismo, desde el año 2008, la Consejería con competencias en materia de Educación
ha querido extender la implantación de la enseñanza bilingüe en inglés a la enseñanza privada concertada en la etapa de Educación Primaria, así como desde el año 2014, a la etapa de
Educación Secundaria, y desde el año 2018 al Segundo Ciclo de Educación Infantil. Para
ello, mediante diferentes órdenes, se han fijado las condiciones para impartir esta enseñanza, estableciendo un procedimiento de concurrencia competitiva para seleccionar a los centros más adecuados en función de su proyecto educativo bilingüe y de su profesorado.
Los fines institucionales de la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y
de la Dirección General de Recursos Humanos están establecidos en los artículos 11, 15
y 19, respectivamente, del Decreto 236/2021, de 17 noviembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 275, de 18 de
noviembre).
Existiendo la necesidad de seleccionar docentes con un nivel adecuado de competencia comunicativa en lenguas extranjeras para impartir docencia bilingüe en dichas lenguas,
en centros docentes públicos y privados concertados, autorizados por la Administración
educativa para el desarrollo de programas de implantación de enseñanza bilingüe en la Comunidad de Madrid, la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y la Dirección General de Recursos Humanos, en uso de las atribuciones conferidas en la Orden 1275/2014,
de 11 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el
procedimiento de obtención de la habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y en centros privados sostenidos con fondos públicos, de Educación Infantil, Primaria y Secundaria de la Comunidad de
Madrid, modificada por la Orden 1012/2015, de 14 de abril, han resuelto convocar procedimientos para la obtención de la habilitación lingüística en lenguas extranjeras, de acuerdo a las siguientes
B.O.C.M. Núm. 8
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE ENERO DE 2022
Pág. 207
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía
11
RESOLUCIÓN conjunta de 22 de diciembre de 2021, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la obtención de la habilitación lingüística en lenguas
extranjeras, para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20220111-11
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 2 que
uno de los fines del sistema educativo español es la capacitación para la comunicación en
la lengua oficial y cooficial, si la hubiere, y en una o más lenguas extranjeras.
Con el fin de llevar a cabo la implantación progresiva de la enseñanza bilingüe en los
centros docentes de la Comunidad de Madrid, desde el año 2004, la Consejería con competencias en materia de Educación ha ido seleccionando diversos centros públicos de Educación Infantil y Primaria y de Educación Secundaria, donde se imparte la enseñanza bilingüe
en idioma inglés. A estos hay que añadir el Programa de Secciones lingüísticas en Francés y
Alemán que se imparten en diferentes Institutos de Educación Secundaria.
Asimismo, desde el año 2008, la Consejería con competencias en materia de Educación
ha querido extender la implantación de la enseñanza bilingüe en inglés a la enseñanza privada concertada en la etapa de Educación Primaria, así como desde el año 2014, a la etapa de
Educación Secundaria, y desde el año 2018 al Segundo Ciclo de Educación Infantil. Para
ello, mediante diferentes órdenes, se han fijado las condiciones para impartir esta enseñanza, estableciendo un procedimiento de concurrencia competitiva para seleccionar a los centros más adecuados en función de su proyecto educativo bilingüe y de su profesorado.
Los fines institucionales de la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y
de la Dirección General de Recursos Humanos están establecidos en los artículos 11, 15
y 19, respectivamente, del Decreto 236/2021, de 17 noviembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 275, de 18 de
noviembre).
Existiendo la necesidad de seleccionar docentes con un nivel adecuado de competencia comunicativa en lenguas extranjeras para impartir docencia bilingüe en dichas lenguas,
en centros docentes públicos y privados concertados, autorizados por la Administración
educativa para el desarrollo de programas de implantación de enseñanza bilingüe en la Comunidad de Madrid, la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y la Dirección General de Recursos Humanos, en uso de las atribuciones conferidas en la Orden 1275/2014,
de 11 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el
procedimiento de obtención de la habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y en centros privados sostenidos con fondos públicos, de Educación Infantil, Primaria y Secundaria de la Comunidad de
Madrid, modificada por la Orden 1012/2015, de 14 de abril, han resuelto convocar procedimientos para la obtención de la habilitación lingüística en lenguas extranjeras, de acuerdo a las siguientes