Madrid (BOCM-20220110-62)
Régimen económico. Distrito de Tetuán. Extracto convocatoria subvenciones
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 200

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE ENERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 7

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Tetuán
Extracto del Decreto de 27 de diciembre de 2021, del Distrito de Tetuán del Ayuntamiento de Madrid, por el que se que se aprueban las bases del IX Certamen Coreográfico
del Distrito de Tetuán.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Participantes.—Podrán presentarse al certamen, en cualquiera de las modalidades, los/as coreógrafos/as e intérpretes profesionales residentes en España o en el extranjero.
Segundo. Objeto.—La convocatoria de este certamen tiene una doble finalidad: promocionar e incentivar la creación artística, la investigación y la innovación en el ámbito de
la danza, y crear una plataforma de exhibición y promoción, tan necesaria para los creadores y bailarines, que los acerque al público y dé a conocer su trabajo.
Tercero. Bases reguladoras.—Disposición adicional primera de la ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de
Madrid y sus organismos públicos, de 30 de octubre de 2013, modificada por el acuerdo del
Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017; en su defecto, se regularán por
lo dispuesto en la citada ordenanza, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y su reglamento,
salvo en aquellos aspectos en los que por la especial naturaleza de estas subvenciones no
resulte aplicable.
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 7.000
euros (siete mil euros), repartidos como sigue:
— Premio a la mejor coreografía de danza contemporánea: un premio en metálico
de 2.000 euros.
— Premio a la mejor coreografía de danza española o flamenco: un premio en metálico de 2.000 euros.
— Premio a la mejor coreografía de danza en espacios urbanos abiertos: un premio en
metálico de 1.000 euros.
— Premio al mejor bailarín/a de danza contemporánea: un premio en metálico
de 1.000 euros.
— Premio al mejor bailarín/a de danza española o flamenco: un premio en metálico
de 1.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de las solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y finalizará el 20 de febrero de 2022, incluido.
Sexto. Otros datos.—Además se otorgarán los siguientes premios (sin cuantía en
metálico):
— Premio Centro Cultural “Eduardo Úrculo”: residencia artística, consistente en la
cesión de un espacio en este Centro, con una duración máxima de tres meses, para
desarrollar una propuesta coreográfica que se presentará al público dentro de la
programación del Centro. Premio concedido por la concejala-presidenta del Distrito de Tetuán.
— Premio Compañía Residente: dos premios concedidos por la compañía “Daniel
Doña”, residente en el Centro Cultural Eduardo Úrculo, y consistentes en dos residencias artísticas (cesión de uso del aula número 3 del Centro que ocupa don Daniel
Doña), a dos coreógrafos de danza contemporánea, danza española o flamenco, du-

BOCM-20220110-62

BDNS (Identif.): 603592