D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20220110-37)
Convenio – Convenio de 23 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía) y la Fundación Universidad y Empresa para la concesión directa de una ayuda destinada a la financiación de las actividades relativas a la gestión del portal de empleo I+D+i durante el año 2021
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 7
LUNES 10 DE ENERO DE 2022
Pág. 129
Tal como se especifica en el apartado 2 de la cláusula tercera, es un compromiso ineludible de la Fundación Universidad-Empresa complementar la financiación recibida de la Comunidad de Madrid para la garantizar el adecuado funcionamiento en la gestión del Portal
de Empleo I+D+i, en caso de que con el importe de la subvención concedida no se cubra la
totalidad del presupuesto o de los gastos necesarios para su correcto funcionamiento.
Dicho gasto se imputará al subconcepto 48140 del programa 466A (Investigación) de
los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019, prorrogados mediante Decreto 122/2020, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los Presupuestos Generales
de la Comunidad de Madrid para 2019, hasta la entrada en vigor de los Presupuestos Generales para 2021.
Conforme al artículo 6.5 de la Ley 2/1995, toda alteración de las condiciones tenidas
en cuenta para la concesión y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones concedidas por cualquier entidad pública o privada, nacional o internacional, podrá dar lugar a
la modificación y revocación de la subvención otorgada.
No obstante, la subvención concedida a través del presente convenio será compatible
con otras aportaciones que pudiera recibir la Fundación Universidad-Empresa para el mismo objeto, siempre y cuando la suma de los importes recibidos para este concepto no supere el coste total de los programas objeto de financiación mediante el presente convenio.
Quinta
Pago de la subvención
1. El pago de la subvención se realizará una vez suscrito el convenio mediante un
único libramiento de fondos a realizar en el ejercicio 2021, sin necesidad de presentación
de aval o garantía alguna.
El ingreso se realizará en el número de cuenta que la Fundación Universidad-Empresa determine y comunique a la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.
2. Con carácter previo al pago de la subvención la entidad beneficiaria deberá acreditar que se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Seguridad Social, mediante la presentación de los correspondientes certificados.
El certificado acreditativo de la no existencia de deudas en período ejecutivo con la
Comunidad de Madrid será solicitado de oficio por la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.
Sexta
La Fundación Universidad-Empresa remitirá a la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, con anterioridad al 31 de marzo de 2022, la siguiente documentación:
a) Certificación expedida por persona legalmente autorizada por la entidad, relativa a
las ayudas recibidas por los mismos conceptos, indicando el órgano concedente,
el objeto de la subvención y su importe, o en caso contrario, certificación de no
haber recibido subvención alguna por los mismos conceptos.
b) Memoria explicativa de las actividades realizadas en cumplimiento del objeto y fines del presente convenio, incluyendo una relación de los gastos correspondientes a las actividades de gestión del Portal de Empleo I+D+i tal como se recoge en
la cláusula primera. Dicha memoria será firmada por persona legalmente autorizada por la entidad.
c) Certificación firmada por persona legalmente autorizada, en la que conste la relación de las actividades sufragadas en la ejecución del convenio, indicando en cada
caso qué parte de las actividades ha sido financiada con cargo al presente convenio y cuál ha sido asumida efectivamente por la entidad.
d) Exigencia de presentación de la documentación justificativa de la realización de
los gastos subvencionables, concretamente los correspondientes a los costes salariales por mensualidades del personal que presta servicios en la gestión del Portal
de Empleo I+D+i, así como de los gastos correspondientes a la gestión de contenidos y servicios del mismo.
BOCM-20220110-37
Plazo y forma de justificación
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 7
LUNES 10 DE ENERO DE 2022
Pág. 129
Tal como se especifica en el apartado 2 de la cláusula tercera, es un compromiso ineludible de la Fundación Universidad-Empresa complementar la financiación recibida de la Comunidad de Madrid para la garantizar el adecuado funcionamiento en la gestión del Portal
de Empleo I+D+i, en caso de que con el importe de la subvención concedida no se cubra la
totalidad del presupuesto o de los gastos necesarios para su correcto funcionamiento.
Dicho gasto se imputará al subconcepto 48140 del programa 466A (Investigación) de
los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019, prorrogados mediante Decreto 122/2020, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los Presupuestos Generales
de la Comunidad de Madrid para 2019, hasta la entrada en vigor de los Presupuestos Generales para 2021.
Conforme al artículo 6.5 de la Ley 2/1995, toda alteración de las condiciones tenidas
en cuenta para la concesión y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones concedidas por cualquier entidad pública o privada, nacional o internacional, podrá dar lugar a
la modificación y revocación de la subvención otorgada.
No obstante, la subvención concedida a través del presente convenio será compatible
con otras aportaciones que pudiera recibir la Fundación Universidad-Empresa para el mismo objeto, siempre y cuando la suma de los importes recibidos para este concepto no supere el coste total de los programas objeto de financiación mediante el presente convenio.
Quinta
Pago de la subvención
1. El pago de la subvención se realizará una vez suscrito el convenio mediante un
único libramiento de fondos a realizar en el ejercicio 2021, sin necesidad de presentación
de aval o garantía alguna.
El ingreso se realizará en el número de cuenta que la Fundación Universidad-Empresa determine y comunique a la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.
2. Con carácter previo al pago de la subvención la entidad beneficiaria deberá acreditar que se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Seguridad Social, mediante la presentación de los correspondientes certificados.
El certificado acreditativo de la no existencia de deudas en período ejecutivo con la
Comunidad de Madrid será solicitado de oficio por la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.
Sexta
La Fundación Universidad-Empresa remitirá a la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, con anterioridad al 31 de marzo de 2022, la siguiente documentación:
a) Certificación expedida por persona legalmente autorizada por la entidad, relativa a
las ayudas recibidas por los mismos conceptos, indicando el órgano concedente,
el objeto de la subvención y su importe, o en caso contrario, certificación de no
haber recibido subvención alguna por los mismos conceptos.
b) Memoria explicativa de las actividades realizadas en cumplimiento del objeto y fines del presente convenio, incluyendo una relación de los gastos correspondientes a las actividades de gestión del Portal de Empleo I+D+i tal como se recoge en
la cláusula primera. Dicha memoria será firmada por persona legalmente autorizada por la entidad.
c) Certificación firmada por persona legalmente autorizada, en la que conste la relación de las actividades sufragadas en la ejecución del convenio, indicando en cada
caso qué parte de las actividades ha sido financiada con cargo al presente convenio y cuál ha sido asumida efectivamente por la entidad.
d) Exigencia de presentación de la documentación justificativa de la realización de
los gastos subvencionables, concretamente los correspondientes a los costes salariales por mensualidades del personal que presta servicios en la gestión del Portal
de Empleo I+D+i, así como de los gastos correspondientes a la gestión de contenidos y servicios del mismo.
BOCM-20220110-37
Plazo y forma de justificación