D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220107-20)
Convenio –  Convenio de 20 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la empresa Espasa Calpe, S. A. (Casa del Libro), para el patrocinio de la convocatoria autonómica del Concurso Escolar 2021-2022 Consumópolis 17 sobre consumo responsable, bajo el lema: “Dale a me gusta al consumo circular y responsable”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 5

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE ENERO DE 2022

Pág. 59

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
20

CONVENIO de 20 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la empresa Espasa Calpe, S. A. (Casa del Libro), para el patrocinio de la convocatoria autonómica del
Concurso Escolar 2021-2022 Consumópolis 17 sobre consumo responsable,
bajo el lema: “Dale a me gusta al consumo circular y responsable”.
REUNIDOS

De una parte, don Manuel Llamas Fraga, en calidad de Viceconsejero de Economía,
nombrado por Decreto 127/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, actuando por
delegación del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, de acuerdo con lo previsto en
la Orden de 19 de febrero de 2021, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el
Protectorado de Fundaciones; en adelante, denominado el Patrocinado.
Y de otra, don Javier Arrévola Velasco y don Néstor Amela Dupré, en nombre y representación de Espasa Calpe, S. A. (Casa del Libro), con domicilio social en calle Juan Ignacio
Luca de Tena, número 17, 28027 Madrid, y provista de NIF: A-59913509, según escrituras
públicas otorgadas en fechas 12 de septiembre de 2018 y 17 de septiembre de 2020, ante el
notario de Barcelona, don Rafael de Córdoba Benedicto, bajo los números 2.922/2018
y 2.060/2020, respectivamente, de su protocolo; en adelante, denominado Patrocinador.
Intervienen en nombre de los organismos o entidades que representan, que serán consideradas las partes del convenio y se reconocen, mutua y respectivamente, la competencia
y la capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,

I. Que la Comunidad de Madrid tiene atribuida la competencia para el desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria y la ejecución en materia de defensa del consumidor, de
acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y la política monetaria del Estado, en los términos de lo dispuesto en el artículo 149.1 de la Constitución
Española, y en el artículo 27.10 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid,
aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero.
II. Que la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, en su artículo 3, reconoce como derecho básico de los consumidores
la educación en materia de consumo. A este respecto, la Comunidad de Madrid fomentará
la enseñanza, en todos los niveles educativos, de materias relacionadas con el consumo para
promover mayor libertad y racionalidad en el consumo de productos, bienes y servicios y prevenir los riesgos derivados de su uso, y organizará, promoverá y desarrollará programas de
educación y formación de consumidores, de acuerdo con lo establecido en los artículos 19
y 20 de la citada Ley 11/1998. Entre otras finalidades, estas actuaciones estarán destinadas a
colaborar con el personal docente en el desarrollo de la educación en esta materia en sus respectivos ámbitos educacionales.
III. Que la Comunidad de Madrid tiene previsto organizar la fase autonómica del Concurso Escolar 2021-2022 Consumópolis 17 sobre consumo responsable, bajo el lema “Dale a
me gusta al consumo circular y responsable”, una iniciativa del Ministerio de Consumo en la
que participan comunidades autónomas, con el objetivo de sensibilizar a los escolares de la
importancia que tiene realizar los actos de consumo de forma crítica, solidaria, responsable y
sostenible mediante la realización de determinadas actividades. En esta convocatoria autonómica podrán participar, en régimen de concurrencia competitiva, escolares que estén matriculados en cualquier centro público, concertado o privado del territorio de la Comunidad de
Madrid en alguno de los tres niveles educativos siguientes:
Nivel 1: Quinto y sexto cursos de Educación Primaria.
Nivel 2: Primer y segundo cursos de Educación Secundaria Obligatoria.

BOCM-20220107-20

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