B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20220107-8)
Concurso de méritos –  Orden 1602/2021, de 21 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden número 319/2021, de 8 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de junio de 2021), del entonces Consejero de Deportes, Transparencia y Portavoz del Gobierno, por la que se aprobó convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en dicha Consejería, por el procedimiento de Concurso de Méritos
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 5

VIERNES 7 DE ENERO DE 2022

Pág. 29

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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ORDEN 1602/2021, de 21 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y
Deporte, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden número 319/2021, de 8 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 16 de junio de 2021), del entonces Consejero de Deportes, Transparencia y
Portavoz del Gobierno, por la que se aprobó convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en dicha Consejería, por el procedimiento de Concurso de Méritos.

Por Orden 319/2021, de 8 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 16 de junio de 2021), del entonces Consejero de Deportes, Transparencia y Portavoz del
Gobierno, se aprobó convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la citada Consejería, por el procedimiento de Concurso de Méritos.
Mediante el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de
Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de junio de 2021), se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y se determina que la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte asuma parte de las competencias
de la entonces Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10
de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión de Puestos de Trabajo Reservados a Funcionarios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de mayo de 1989); la Orden 923/1989, de 20 de abril,
de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir
en las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y
Libre Designación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); la
Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 7 de septiembre) y, en lo no previsto por las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (“Boletín Oficial
del Estado” de 10 de abril), así como las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril,
de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, por el cual se atribuye a los respectivos
Consejeros la competencia para la resolución de las convocatorias para la provisión de
puestos de trabajo, y de acuerdo con la propuesta de adjudicación efectuada por la Junta de
Méritos y el informe favorable emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
RESUELVO
Primero

Adjudicar el puesto de trabajo 20043 a la funcionaria que figura en el Anexo.
Segundo
Plazo de toma de posesión
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días. Dicho
plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse den-

BOCM-20220107-8

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