D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220106-3)
Convenio – Adenda de 13 de diciembre de 2021, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte, para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los servicios sociales de las entidades locales para el año 2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 4
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE ENERO DE 2022
Pág. 37
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
3
ADENDA de 13 de diciembre de 2021, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte,
para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los
servicios sociales de las entidades locales para el año 2021.
Madrid, a 13 de diciembre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a señora doña María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud
de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de
10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, la Ilma. Sra. D.a Mercedes López Moreno, Presidenta de la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte, elegida por el Pleno de la Mancomunidad 13 de
septiembre de 2019, en nombre y representación de la citada Mancomunidad, en virtud
de su cargo y de las facultades que le confiere el artículo 11 de los Estatutos de dicha
Mancomunidad.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda de modificación del
convenio de colaboración vigente, y
El día 26 de abril de 2018 se firmó un convenio de colaboración entre la Comunidad de
Madrid a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales y Familia, actual Consejería
de Familia, Juventud y Política Social, y la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los servicios sociales de las entidades locales.
La cláusula decimoquinta del citado convenio de colaboración, establece su duración, fijando su vigencia inicial hasta el 31 de diciembre de 2018. La misma cláusula señala que antes
de la finalización de la vigencia de este convenio o en su caso de cualquiera de sus prórrogas,
las partes por mutuo acuerdo podrán acordar, de forma expresa y por escrito, su prórroga por
el mismo período de tiempo o inferior al plazo inicial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo, dicha cláusula prevé que las partes podrán modificar el convenio de mutuo
acuerdo, mediante la suscripción de la correspondiente adenda.
El 20 de diciembre de 2018 se formaliza adenda de prórroga del citado convenio para
el año 2019.
Con fecha de 30 de septiembre de 2019, se formalizó una adenda de modificación del citado convenio, que sería prorrogado posteriormente para 2020 el día 27 de diciembre de 2019.
Por último, el pasado 21 de diciembre de 2020 se firmó una adenda de prórroga del citado convenio, para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021.
Ambas partes consideran necesario introducir modificaciones en el convenio, para dotar de
una mayor aportación económica el conjunto de programas que se desarrollan a través del mismo, lo que se hace posible tras la aprobación del Acuerdo de 5 de julio de 2021, del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia,
por el que se autoriza la distribución territorial entre las comunidades autónomas (excepto País
Vasco y Navarra) y ciudades de Ceuta y Melilla del crédito destinado a la financiación, en 2021,
BOCM-20220106-3
MANIFIESTAN
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3
ADENDA de 13 de diciembre de 2021, de modificación del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte,
para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los
servicios sociales de las entidades locales para el año 2021.
Madrid, a 13 de diciembre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a señora doña María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud
de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de
10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, la Ilma. Sra. D.a Mercedes López Moreno, Presidenta de la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte, elegida por el Pleno de la Mancomunidad 13 de
septiembre de 2019, en nombre y representación de la citada Mancomunidad, en virtud
de su cargo y de las facultades que le confiere el artículo 11 de los Estatutos de dicha
Mancomunidad.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda de modificación del
convenio de colaboración vigente, y
El día 26 de abril de 2018 se firmó un convenio de colaboración entre la Comunidad de
Madrid a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales y Familia, actual Consejería
de Familia, Juventud y Política Social, y la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los servicios sociales de las entidades locales.
La cláusula decimoquinta del citado convenio de colaboración, establece su duración, fijando su vigencia inicial hasta el 31 de diciembre de 2018. La misma cláusula señala que antes
de la finalización de la vigencia de este convenio o en su caso de cualquiera de sus prórrogas,
las partes por mutuo acuerdo podrán acordar, de forma expresa y por escrito, su prórroga por
el mismo período de tiempo o inferior al plazo inicial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo, dicha cláusula prevé que las partes podrán modificar el convenio de mutuo
acuerdo, mediante la suscripción de la correspondiente adenda.
El 20 de diciembre de 2018 se formaliza adenda de prórroga del citado convenio para
el año 2019.
Con fecha de 30 de septiembre de 2019, se formalizó una adenda de modificación del citado convenio, que sería prorrogado posteriormente para 2020 el día 27 de diciembre de 2019.
Por último, el pasado 21 de diciembre de 2020 se firmó una adenda de prórroga del citado convenio, para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021.
Ambas partes consideran necesario introducir modificaciones en el convenio, para dotar de
una mayor aportación económica el conjunto de programas que se desarrollan a través del mismo, lo que se hace posible tras la aprobación del Acuerdo de 5 de julio de 2021, del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia,
por el que se autoriza la distribución territorial entre las comunidades autónomas (excepto País
Vasco y Navarra) y ciudades de Ceuta y Melilla del crédito destinado a la financiación, en 2021,
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