D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220105-38)
Convenio – Adenda de 22 de noviembre de 2021, de prórroga para el año 2022, del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, la Federación de Usuarios-Consumidores Independientes de la Comunidad de Madrid (CICM-FUCI) y los Ayuntamientos de Cabanillas de la Sierra, Navalafuente, Redueña, Ribatejada, Valdepiélagos y Venturada, para implantar un sistema de información al consumidor
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 3
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE ENERO DE 2022
Pág. 203
D. Pedro José Cabrera Cabrera, Alcalde del Ayuntamiento de Valdepiélagos, con
N.I.F. P-2816300-D, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por Acuerdo de la Junta
Plenaria de esta entidad de fecha 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de
la Comunidad de Madrid.
D. Daniel Álvarez Ruiz, Alcalde del Ayuntamiento de Venturada, con N.I.F. P-2816900-A,
cargo que ostenta en virtud del nombramiento por Acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad
de fecha 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y por el artículo 135.2
de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Actuando las partes en razón de sus respectivos cargos y reconociéndose mutuamente
capacidad jurídica suficiente para este acto,
EXPONEN
I. Que el día 20 de diciembre de 2019 se suscribió un convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la extinta Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, la Federación de Usuarios-Consumidores Independientes de la Comunidad de
Madrid (CICM-FUCI), y los Ayuntamientos de Cabanillas de la Sierra, Navalafuente, Redueña, Ribatejada, Valdepiélagos y Venturada, para implantar un sistema de información
al consumidor.
II. Que el día 25 de noviembre de 2020 se suscribió una adenda de prórroga y modificación del convenio. Dicha modificación establecía tres tipos de escenarios para la prestación del servicio, en función de la situación epidemiológica y las medidas adoptadas por
las autoridades competentes para hacer frente a la expansión de la COVID-19. Su objeto
era regular la prestación telemática y telefónica bajo determinadas condiciones, para evitar
así la interrupción del servicio cuando no sea posible la atención presencial. La vigencia de
la prórroga finaliza el día 31 de diciembre de 2021.
III. Que las partes se encuentran satisfechas con los resultados alcanzados con la ejecución de dicho convenio, reconocen mutuamente su buen desarrollo y desean prorrogarlo
por un año más.
IV. Que se mantienen las condiciones económicas previstas para la implantación de
un sistema de información al consumidor en los municipios firmantes y se actualiza su
imputación al presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
para el ejercicio 2022.
En atención a lo expuesto, las partes acuerdan formalizar la presente adenda con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
De conformidad con lo previsto en la cláusula undécima del convenio de colaboración
suscrito el día 20 de diciembre de 2019 entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, la Federación de Usuarios-Consumidores
Independientes de la Comunidad de Madrid (CICM-FUCI), y los Ayuntamientos de Cabanillas de la Sierra, Navalafuente, Redueña, Ribatejada, Valdepiélagos y Venturada para implantar un sistema de información al consumidor, las partes firmantes acuerdan unánimemente prorrogar la vigencia de dicho convenio por el plazo de un año, que tendrá efectos a
partir del día 1 de enero de 2022 y hasta el día 31 de diciembre de 2022, previa inscripción
de la presente adenda en el Registro de Convenios y Protocolos y publicación de la misma
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
BOCM-20220105-38
Prórroga del convenio de colaboración
B.O.C.M. Núm. 3
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE ENERO DE 2022
Pág. 203
D. Pedro José Cabrera Cabrera, Alcalde del Ayuntamiento de Valdepiélagos, con
N.I.F. P-2816300-D, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por Acuerdo de la Junta
Plenaria de esta entidad de fecha 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de
la Comunidad de Madrid.
D. Daniel Álvarez Ruiz, Alcalde del Ayuntamiento de Venturada, con N.I.F. P-2816900-A,
cargo que ostenta en virtud del nombramiento por Acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad
de fecha 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b) de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y por el artículo 135.2
de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Actuando las partes en razón de sus respectivos cargos y reconociéndose mutuamente
capacidad jurídica suficiente para este acto,
EXPONEN
I. Que el día 20 de diciembre de 2019 se suscribió un convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la extinta Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, la Federación de Usuarios-Consumidores Independientes de la Comunidad de
Madrid (CICM-FUCI), y los Ayuntamientos de Cabanillas de la Sierra, Navalafuente, Redueña, Ribatejada, Valdepiélagos y Venturada, para implantar un sistema de información
al consumidor.
II. Que el día 25 de noviembre de 2020 se suscribió una adenda de prórroga y modificación del convenio. Dicha modificación establecía tres tipos de escenarios para la prestación del servicio, en función de la situación epidemiológica y las medidas adoptadas por
las autoridades competentes para hacer frente a la expansión de la COVID-19. Su objeto
era regular la prestación telemática y telefónica bajo determinadas condiciones, para evitar
así la interrupción del servicio cuando no sea posible la atención presencial. La vigencia de
la prórroga finaliza el día 31 de diciembre de 2021.
III. Que las partes se encuentran satisfechas con los resultados alcanzados con la ejecución de dicho convenio, reconocen mutuamente su buen desarrollo y desean prorrogarlo
por un año más.
IV. Que se mantienen las condiciones económicas previstas para la implantación de
un sistema de información al consumidor en los municipios firmantes y se actualiza su
imputación al presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
para el ejercicio 2022.
En atención a lo expuesto, las partes acuerdan formalizar la presente adenda con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
De conformidad con lo previsto en la cláusula undécima del convenio de colaboración
suscrito el día 20 de diciembre de 2019 entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, la Federación de Usuarios-Consumidores
Independientes de la Comunidad de Madrid (CICM-FUCI), y los Ayuntamientos de Cabanillas de la Sierra, Navalafuente, Redueña, Ribatejada, Valdepiélagos y Venturada para implantar un sistema de información al consumidor, las partes firmantes acuerdan unánimemente prorrogar la vigencia de dicho convenio por el plazo de un año, que tendrá efectos a
partir del día 1 de enero de 2022 y hasta el día 31 de diciembre de 2022, previa inscripción
de la presente adenda en el Registro de Convenios y Protocolos y publicación de la misma
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
BOCM-20220105-38
Prórroga del convenio de colaboración