Madrid número 18 (BOCM-20220104-77)
Procedimiento 1794/2021
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 2
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE ENERO DE 2022
Pág. 189
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
77
MADRID NÚMERO 18
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 1794/2021
entre D./Dña. JESSICA VANESSA REINOSO CARRIEL y por un presunto delito de Lesiones, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
EL/LA JUEZ/MAGISTRADO-JUEZ QUE LO DICTA: D./Dña. ANGEL JOSE
LERA CARRASCO.
Lugar: Madrid.
Fecha: 30 de septiembre de 2021.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En este Juzgado se ha recibido parte de lesiones de Vanessa Reinoso Carriel,
de C.S. Legazpi por posible infracción penal cometida el 1-7-2021 en la localidad de Madrid.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Los hechos relatados podrían hacer presumir la posible comisión de un delito leve de Lesiones por lo que procede tramitar las presentes diligencias según lo establecido
en los artículos 965 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, siendo competente este
Juzgado para el enjuiciamiento de los hechos conforme a las normas de la competencia objetiva, territorial y de reparto en virtud de lo establecido en el art. 14 del citado texto legal, artículos concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y normas de reparto vigentes.
SEGUNDO.- No obstante, de lo actuado no resulta debidamente justificada la perpetración del delito leve que ha dado motivo a la formación de la causa, por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641-1º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede,
por ahora, decretar sobreseimiento provisional de las actuaciones.
PARTE DISPOSITIVA
INCOESE JUICIO POR DELITO LEVE, registrándose como Juicio sobre delitos leves nº 1794/2021.
Se acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones, que será definitivo una vez transcurrido el plazo de un año desde la fecha de la firmeza de esta resolución.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, y al Mº Fiscal.
Contra esta resolución cabe interponer Recurso de reforma y subsidiario de apelación
dentro de los tres días siguientes a su notificación, o bien, recurso de apelación directo dentro de los cinco días siguientes a la última notificación.
Y para que sirva de notificación a D./Dña. JESSICA VANESSA REINOSO CARRIEL expido y firmo la presente.
En Madrid, a 2 de diciembre de 2021.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/34.289/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20220104-77
Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.
B.O.C.M. Núm. 2
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE ENERO DE 2022
Pág. 189
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
77
MADRID NÚMERO 18
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 1794/2021
entre D./Dña. JESSICA VANESSA REINOSO CARRIEL y por un presunto delito de Lesiones, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
EL/LA JUEZ/MAGISTRADO-JUEZ QUE LO DICTA: D./Dña. ANGEL JOSE
LERA CARRASCO.
Lugar: Madrid.
Fecha: 30 de septiembre de 2021.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En este Juzgado se ha recibido parte de lesiones de Vanessa Reinoso Carriel,
de C.S. Legazpi por posible infracción penal cometida el 1-7-2021 en la localidad de Madrid.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Los hechos relatados podrían hacer presumir la posible comisión de un delito leve de Lesiones por lo que procede tramitar las presentes diligencias según lo establecido
en los artículos 965 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, siendo competente este
Juzgado para el enjuiciamiento de los hechos conforme a las normas de la competencia objetiva, territorial y de reparto en virtud de lo establecido en el art. 14 del citado texto legal, artículos concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y normas de reparto vigentes.
SEGUNDO.- No obstante, de lo actuado no resulta debidamente justificada la perpetración del delito leve que ha dado motivo a la formación de la causa, por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641-1º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede,
por ahora, decretar sobreseimiento provisional de las actuaciones.
PARTE DISPOSITIVA
INCOESE JUICIO POR DELITO LEVE, registrándose como Juicio sobre delitos leves nº 1794/2021.
Se acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones, que será definitivo una vez transcurrido el plazo de un año desde la fecha de la firmeza de esta resolución.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, y al Mº Fiscal.
Contra esta resolución cabe interponer Recurso de reforma y subsidiario de apelación
dentro de los tres días siguientes a su notificación, o bien, recurso de apelación directo dentro de los cinco días siguientes a la última notificación.
Y para que sirva de notificación a D./Dña. JESSICA VANESSA REINOSO CARRIEL expido y firmo la presente.
En Madrid, a 2 de diciembre de 2021.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/34.289/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20220104-77
Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.