Boadilla del Monte (BOCM-20220104-67)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 2
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE ENERO DE 2022
Pág. 173
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67
BOADILLA DEL MONTE
De conformidad con lo establecido en el apartado 4.4.o de las bases generales aprobadas en el marco del “Plan de consolidación y estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Boadilla del Monte” (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 38, de 15 de febrero de 2021), así como en la base 5.4.a de las específicas que rigen
el proceso selectivo, se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, decreto número 6325/2021, de fecha 21 de diciembre, del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación,
Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras, cuya parte dispositiva
resulta del siguiente tenor:
“1.o Entender elevada a definitiva la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas aprobada por decreto número 5792/2021, de fecha 16 de noviembre, del
segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 284, de fecha 29 de noviembre de 2021), en
el proceso selectivo convocado para la cobertura, en régimen de personal funcionario de carrera, por el procedimiento selectivo extraordinario de Estabilización de Empleo Temporal,
mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza de archivero, del Ayuntamiento
de Boadilla del Monte; todo ello, en base a lo dispuesto en la base 5.3.a de las específicas
que rigen la convocatoria.
2.o De conformidad con el acuerdo adoptado por el tribunal calificador, en su sesión
de fecha 20 de diciembre de 2021, el ejercicio (práctico) de la fase de oposición tendrá lugar el
día 24 de febrero de 2022, a las 10:00 horas, en el Centro de Formación Municipal, sito en
la calle Victoria Eugenia de Battenberg, número 10, de Boadilla del Monte.
3.o Disponer la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
4.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa, y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o, directamente, ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el
plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado
si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la
resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
BOCM-20220104-67
OFERTAS DE EMPLEO
B.O.C.M. Núm. 2
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE ENERO DE 2022
Pág. 173
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67
BOADILLA DEL MONTE
De conformidad con lo establecido en el apartado 4.4.o de las bases generales aprobadas en el marco del “Plan de consolidación y estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Boadilla del Monte” (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 38, de 15 de febrero de 2021), así como en la base 5.4.a de las específicas que rigen
el proceso selectivo, se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, decreto número 6325/2021, de fecha 21 de diciembre, del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación,
Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras, cuya parte dispositiva
resulta del siguiente tenor:
“1.o Entender elevada a definitiva la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas aprobada por decreto número 5792/2021, de fecha 16 de noviembre, del
segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 284, de fecha 29 de noviembre de 2021), en
el proceso selectivo convocado para la cobertura, en régimen de personal funcionario de carrera, por el procedimiento selectivo extraordinario de Estabilización de Empleo Temporal,
mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza de archivero, del Ayuntamiento
de Boadilla del Monte; todo ello, en base a lo dispuesto en la base 5.3.a de las específicas
que rigen la convocatoria.
2.o De conformidad con el acuerdo adoptado por el tribunal calificador, en su sesión
de fecha 20 de diciembre de 2021, el ejercicio (práctico) de la fase de oposición tendrá lugar el
día 24 de febrero de 2022, a las 10:00 horas, en el Centro de Formación Municipal, sito en
la calle Victoria Eugenia de Battenberg, número 10, de Boadilla del Monte.
3.o Disponer la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
4.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa, y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o, directamente, ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el
plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado
si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la
resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
BOCM-20220104-67
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