Móstoles número 1 (BOCM-20220104-97)
Ejecución 179/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 2

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 4 DE ENERO DE 2022

Pág. 209

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
97

MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMON. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 179/2021 (ejecución) de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de D./Dña. JOSE DOMINGO SAN ROMAN CARRACEDO frente a KLICK INGENIERIA S.L. y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se han dictado las siguientes resoluciones:
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. JOSE DOMINGO SAN ROMAN CARRACEDO, frente a la demandada KLICK
INGENIERIA S.L., parte ejecutada, por un principal de 41.313,66 euros (que corresponde 19.299,90 euros a indemnización, 2.470,08 euros a salarios de trámite y 19.543,68 euros
a reclamación de cantidad), más 6.000 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar
las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en
los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de
este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2850-0000 64-0179-21.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez
D./Dña. FRANCISCO JUAN SANCHEZ DELGADO
EL MAGISTRADO-JUEZ
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S. Doy fe.
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE DIAS
puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no
ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO

BOCM-20220104-97

Notifíquese la presente resolución a las partes.