Getafe (BOCM-20220103-66)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 1

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE ENERO DE 2022

Pág. 215

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66

GETAFE

La alcaldesa ha dictado el siguiente:
“Decreto.—En Getafe, a 9 de diciembre de 2021.
En uso de las facultades que me están conferidas por el artículo 124.4.k) y 124.5 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 4 y
capítulo 1 del título II del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Getafe, dispongo:
Primero.—Modificar mi decreto de 26 de noviembre de 2020 del siguiente modo:
— En el apartado tercero, que confiere la Delegación de Hacienda y Coordinación de
Barrios a don Herminio Vico Algaba, suprimir la Unidad de Seguimiento y Control del Área de Hacienda y crear la Unidad de Proyectos Europeos.
— En el apartado quinto, que confiere la Delegación de Urbanismo, Modernización y
Transparencia a don Jorge Juan Rodríguez Cornejo, suprimir los apartados:
7. La concesión de las siguientes licencias:
a) Licencia de parcelación rústica o urbanística.
b) Licencia de obras de urbanización no incluidas en los Proyectos de Urbanización.
c) Licencias de obras de nueva planta y obras de ampliación.
d) Licencias de obras de edificación en edificios existentes (restauración, reestructuración, conservación, mantenimiento, consolidación, reparación o acondicionamiento).
e) Licencias de obras de demolición.
f) Licencias para otras actuaciones urbanísticas: obras civiles singulares, actuaciones estables y actuaciones temporales.
g) Licencias de primera ocupación.
h) Licencias de actividad e instalación.
i) Licencias de funcionamiento.
j) Cualquier otra que específicamente establezca la legislación sectorial y urbanística.
8. La aprobación de proyectos de ejecución y autorización de inicio de obras correspondientes a licencias ya concedidas:
— En el apartado decimoquinto, que confiere la Delegación de Salud, Juventud y
Consumo a doña María Isabel Natividad Espinosa Núñez, crear la Unidad Administrativa de Inspección Sanitaria.
El presente decreto surtirá efectos desde la firma del mismo, dándose cuenta al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que este celebre, debiéndose publicar en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
...”.
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse,
con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en
el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de
lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, contados ambos desde
el día siguiente al del recibo de esta notificación.
En el supuesto de optarse por interponer recurso potestativo de reposición, si no se notificase su resolución en el plazo de un mes, se entenderá desestimado y podrá interponer
recurso contencioso-administrativo en el plazo de seis meses contados desde el día siguiente a aquel en que deba entenderse presuntamente desestimado.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Getafe, a 16 de diciembre de 2021.—El secretario general del Pleno, en funciones de jefe
de la Oficina de la Junta de Gobierno (suplente por resolución de 12 de noviembre de 2019,
del concejal-delegado de Hacienda y Personas Mayores), Pedro Bocos Redondo.
(03/34.401/21)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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