D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220103-32)
Convenio –  Adenda de 26 de noviembre de 2021, de prórroga para el año 2022, del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, la Federación de Usuarios-Consumidores Independientes de la Comunidad de Madrid (CICM-FUCI) y los Ayuntamientos de Campo Real, Canencia de la Sierra, Colmenarejo, El Molar, Pedrezuela, Torrelaguna, Torres de la Alameda y Valdemorillo, para implantar un sistema de información al consumidor
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 1

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE ENERO DE 2022

Pág. 149

el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid.
Rafael Turnes García, alcalde del Ayuntamiento de Pedrezuela, con NIF P-2810800-I, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria de esta entidad
de fecha 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.b)
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad
de Madrid.
Eduardo Burgos García, alcalde del Ayuntamiento de Torrelaguna, con NIF P2815100-I, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria
de esta entidad de fecha 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la
Comunidad de Madrid.
Carlos Sáez Gismero, alcalde del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, con NIF P2815400-C, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria
de esta entidad de fecha 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la
Comunidad de Madrid.
Santiago Villena Acedos, alcalde del Ayuntamiento de Valdemorillo, con NIF P2811600-J, cargo que ostenta en virtud del nombramiento por acuerdo de la Junta Plenaria
de esta entidad de fecha 15 de junio de 2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 135.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la
Comunidad de Madrid.
Actuando las partes en razón de sus respectivos cargos y reconociéndose mutuamente
capacidad jurídica suficiente para este acto,

I. Que el 26 de diciembre de 2019 se suscribió un convenio de colaboración entre la
Comunidad de Madrid, a través de la extinta Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, la Federación de Usuarios-Consumidores Independientes de la Comunidad de
Madrid (CICM-FUCI), y los Ayuntamientos de Campo Real, Canencia de la Sierra, Colmenarejo, El Molar, Pedrezuela, Torrelaguna, Torres de la Alameda y Valdemorillo, para
implantar un sistema de información al consumidor.
II. Que el 1 de diciembre de 2020 se suscribió adenda de prórroga y modificación del
convenio. Dicha modificación establecía tres tipos de escenarios para la prestación del
servicio, en función de la situación epidemiológica y las medidas adoptadas por las autoridades competentes para hacer frente a la expansión de la COVID-19. Su objeto era regular
la prestación telemática y telefónica bajo determinadas condiciones, para evitar así la interrupción del servicio cuando no sea posible la atención presencial. La vigencia de la prórroga finaliza el 31 de diciembre de 2021.
III. Que las partes se encuentran satisfechas con los resultados alcanzados con la ejecución de dicho convenio, reconocen mutuamente su buen desarrollo y desean prorrogarlo
por un año más.
IV. Que se mantienen las condiciones económicas previstas para la implantación de
un sistema de información al consumidor en los municipios firmantes y se actualiza su
imputación al presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
para el ejercicio 2022.
En atención a lo expuesto, las partes acuerdan formalizar la presente adenda con arreglo a las siguientes

BOCM-20220103-32

EXPONEN