Madrid número 2 (BOCM-20211231-18)
Procedimiento 914/2015
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 372
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 31 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 312
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO MERCANTIL DE
18
MADRID NÚMERO 2
EDICTO
En virtud de lo acordado en los autos juicio verbal(250.2) 914/2015, por estar en ignorado paradero la parte Cuatrecasas Gonçalves Pereira, S. L. P., por resolución de 19 de octubre de 2020, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC, se
ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
Sentencia número 55/2020
Madrid, a 12 de febrero de 2020.—Vistos por mí, doña María Victoria Muñoz González, magistrada-juez de refuerzo de este Juzgado, en juicio oral y público los autos de procedimiento ordinario registrados entre los de su igual clase con el número arriba referenciado, en los que ha sido parte demandante Cuatrecasas Gonçalvez Pereira, S. L. P.
representada por procurador de los Tribunales señor Orquin Cedenilla y asistida de letrado,
contra don Cristian Danel, que ha sido declarado en situación de rebeldía procesal.
Fallo
BOCM-20211231-18
Que, estimando la demanda interpuesta por Cuatrecasas Gonçalvez Pereira, S. L. P.,
frente a don Cristian Danel, debo condenar y condeno al demandado a abonar al actor la
cantidad de 2.509,33 euros, cantidad que devengará el interés legal desde la presentación
de la demanda, con expresa imposición de costas a la parte demandada.—El letrado de la
Administración de Justicia (firmado).
DILIGENCIA DE CONSTANCIA.—En Madrid, a diecinueve de octubre de dos mil
veinte.
La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios.
Doy fe.—ENRIQUE CALVO VERGARA.
(02/34.618/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 372
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VIERNES 31 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 312
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO MERCANTIL DE
18
MADRID NÚMERO 2
EDICTO
En virtud de lo acordado en los autos juicio verbal(250.2) 914/2015, por estar en ignorado paradero la parte Cuatrecasas Gonçalves Pereira, S. L. P., por resolución de 19 de octubre de 2020, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC, se
ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
Sentencia número 55/2020
Madrid, a 12 de febrero de 2020.—Vistos por mí, doña María Victoria Muñoz González, magistrada-juez de refuerzo de este Juzgado, en juicio oral y público los autos de procedimiento ordinario registrados entre los de su igual clase con el número arriba referenciado, en los que ha sido parte demandante Cuatrecasas Gonçalvez Pereira, S. L. P.
representada por procurador de los Tribunales señor Orquin Cedenilla y asistida de letrado,
contra don Cristian Danel, que ha sido declarado en situación de rebeldía procesal.
Fallo
BOCM-20211231-18
Que, estimando la demanda interpuesta por Cuatrecasas Gonçalvez Pereira, S. L. P.,
frente a don Cristian Danel, debo condenar y condeno al demandado a abonar al actor la
cantidad de 2.509,33 euros, cantidad que devengará el interés legal desde la presentación
de la demanda, con expresa imposición de costas a la parte demandada.—El letrado de la
Administración de Justicia (firmado).
DILIGENCIA DE CONSTANCIA.—En Madrid, a diecinueve de octubre de dos mil
veinte.
La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios.
Doy fe.—ENRIQUE CALVO VERGARA.
(02/34.618/21)
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