Leganés número 4 (BOCM-20211231-17)
Procedimiento 569/2019
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 312
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 31 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 371
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE
17
LEGANÉS NÚMERO 4
EDICTO
Doña Silvia de Pedro Ortega, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de Leganés.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 569/2019,
instados por procuradora doña María Dolores Hurtado Portellano, en nombre y representación
de PSA Finance Services Spain E.F.C., S. A., contra don Pedro Luis Torres Sierra, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 6 de mayo de 2021 sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:
Sentencia número 64/2021
Leganés (Madrid), a 6 de mayo de 2021.—Visto por mí, Ignacio-Santiago Candal Jarrín, magistrado titular del Juzgado de primera instancia número 4 de Leganés, el juicio declarativo ordinario que, con el número 569/2019, se ha seguido ante el mismo, sobre reclamación de cantidad, pronuncio en nombre de Su Majestad el Rey la presente sentencia.
Fallo
BOCM-20211231-17
Estimo la demanda presentada por doña Dolores Hurtado Portellano, procuradora de
los Tribunales, en el nombre de PSA Financial Services Spain, E.F.C., S. A., contra don Pedro Luis Torres Sierra y, en consecuencia, condeno al demandado a abonar a la actora la
cantidad de 11.240,46 euros, cantidad que devengará los intereses procesales.
Impongo las costas causadas en este proceso a la parte demandada.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es
firme y contra ella cabe interponer ante este mismo Juzgado recurso de apelación en el plazo de veinte días, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid, conforme a lo
establecido en la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.
Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio literal para su unión a los
autos principales, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Pedro Luis
Torres Sierra, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado
notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este Tribunal.
En Leganés, a 18 de octubre de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(02/34.573/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 312
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE
17
LEGANÉS NÚMERO 4
EDICTO
Doña Silvia de Pedro Ortega, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de Leganés.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 569/2019,
instados por procuradora doña María Dolores Hurtado Portellano, en nombre y representación
de PSA Finance Services Spain E.F.C., S. A., contra don Pedro Luis Torres Sierra, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 6 de mayo de 2021 sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:
Sentencia número 64/2021
Leganés (Madrid), a 6 de mayo de 2021.—Visto por mí, Ignacio-Santiago Candal Jarrín, magistrado titular del Juzgado de primera instancia número 4 de Leganés, el juicio declarativo ordinario que, con el número 569/2019, se ha seguido ante el mismo, sobre reclamación de cantidad, pronuncio en nombre de Su Majestad el Rey la presente sentencia.
Fallo
BOCM-20211231-17
Estimo la demanda presentada por doña Dolores Hurtado Portellano, procuradora de
los Tribunales, en el nombre de PSA Financial Services Spain, E.F.C., S. A., contra don Pedro Luis Torres Sierra y, en consecuencia, condeno al demandado a abonar a la actora la
cantidad de 11.240,46 euros, cantidad que devengará los intereses procesales.
Impongo las costas causadas en este proceso a la parte demandada.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es
firme y contra ella cabe interponer ante este mismo Juzgado recurso de apelación en el plazo de veinte días, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid, conforme a lo
establecido en la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.
Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio literal para su unión a los
autos principales, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Pedro Luis
Torres Sierra, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado
notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este Tribunal.
En Leganés, a 18 de octubre de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(02/34.573/21)
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ISSN 1989-4791